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OCU tumba las cláusulas abusivas de Ryanair

10 agosto 2021
Victoria de OCU frente a las clausulas abusivas de Ryanair

¿Recuerdas las lágrimas en el aeropuerto por no llevar impresa la tarjeta de embarque o por ver que  tenías que dejarte al niño en tierra al no ir identificado como quería Ryanair? Pues alégrate. OCU ha pasado 10 años peleando en los tribunales para acabar con estos abusos y ha logrado que el Tribunal Supremo fulmine un montón de cláusulas abusivas. Si fuiste uno de los viajeros perjudicados, OCU te ayuda a reclamar tu dinero.

En OCU tenemos un largo historial de victorias en los tribunales para limpiar de cláusulas abusivas los contratos de servicios. Por ejemplo, los contratos que nos atan al banco o los que formalizamos al comprar un billete de transporte aéreo. Piensa que un billete de avión no es más que un contrato entre tú y la compañía aérea, que recoge cuándo, cómo y a cambio de qué disfrutarás del vuelo comprado.

Las once cláusulas anuladas. ¿Te suenan?

Pues bien, tenemos que contarte una gran victoria judicial de OCU y de todos los consumidores: el Tribunal Supremo ha examinado los contratos de transporte que Ryanair gastaba en 2011 y ha terminado con un número sin precedentes de cláusulas denunciadas por OCU. En la mayoría de los casos, el Supremo confirma la abusividad declarada previamente por la Audiencia Provincial de Madrid; pero además declara abusivas dos cláusulas que no lo habían sido previamente (las dos primeras de la siguiente lista). Todas ellas han sido declaradas nulas:

  1. Si tienes un problema con la compañía, se declara nulo el sometimiento a la ley irlandesa. Ryanair no puede exigir a los pasajeros que presenten sus demandas en base a la legislación irlandesa, como venía haciendo hasta ahora.
  2. Se declara nula la condición que permitía transportar el equipaje del pasajero en un avión distinto o con posterioridad, sin aclarar en qué circunstancias era posible tomar una medida que debería ser en todo caso muy excepcional.
  3. No podrá tampoco inspeccionar el equipaje del pasajero al margen de las fuerzas y cuerpos de seguridad, pues viola su intimidad.
  4. Tampoco podrá cobrar un cargo por almacenar durante un plazo “razonable” no especificado el equipaje no recogido de inmediato por el pasajero, ni deshacerse de él al cabo de tres meses autoeximiéndose de toda responsabilidad.
  5. Se declara nula la cláusula que le permitía rechazar a un pasajero identificado con su permiso de conducir, libro de familia u otros documentos oficiales distintos del DNI o del pasaporte. La aplicación de esta cláusula ha generado graves problemas a muchos pasajeros que, incluso viajando con niños menores de edad, veían cómo en la misma puerta de embarque se les negaba el paso.
  6. La compañía tampoco puede incrementar el precio del billete ya reservado por subidas de impuestos y tasas.
  7. La cláusula que determinaba las condiciones para el viaje de pasajeros invidentes o con necesidades de asistencia especial también es nula por falta de transparencia.
  8. Se declara nula la condición por la que la compañía aérea exigía el pago en el aeropuerto con tarjeta impidiendo el pago en metálico.
  9. Se declara nulo el cobro de 40 euros por la impresión de la tarjeta de embarque, por entender que establece una penalización desproporcionada. El pasajero de Ryanair que olvidaba imprimir la tarjeta de embarque desde su ordenador tenía que hacer frente a un pago que, en muchas ocasiones, era superior al importe del propio billete.
  10. Se declara nula la condición que permite libremente a la empresa rechazar el transporte del pasajero o su equipaje si se lo ha comunicado previamente.
  11. Se declara nula la condición que permite modificaciones unilaterales por parte de Ryanair, con exoneración de responsabilidad por el incumplimiento de horarios, retrasos o desvíos.

¿Te ocurrió a ti? OCU te ayuda a reclamar tu dinero

La sentencia declara la nulidad de esas once cláusulas y ordena a Ryanair que las retire de sus contratos y deje de aplicarlas. Además, Ryanair deberá abonar las costas causadas por sus recursos.

¿Has volado con Ryanair  y te suena todo esto porque lo has sufrido? OCU va a prestar su ayuda a los consumidores  perjudicados por las cláusulas ahora anuladas, pues quizás puedan reclamar cantidades a Ryanair a la luz de esta sentencia. Si eres uno de ellos, únete a nuestra campaña Ryanair, no más Excesos:

OCU TE AYUDA A RECUPERAR TU DINERO

Y las buenas noticias, qué no falten: Ryanair se ha allanado a otra demanda que le pusimos, esta vez para defender los derechos de los pasajeros afectados por la huelga de 2018.

OCU espera que Ryanair proceda al cumplimiento de manera voluntaria, en favor de los consumidores españoles y no obligue a su exigencia por la vía de apremio, con el mayor coste en tiempo y dinero que ello podría conllevar.