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Reclamación extrajudicial de las cláusulas suelo: detectamos irregularidades

23 marzo 2017
Irregularidades cláusula suelo

Ya ha pasado un mes desde la fecha en que todas las entidades financieras tuvieron que poner en marcha el procedimiento de reclamación extrajudicial de la devolución de las cláusulas suelo. No siempre lo han hecho de buen grado: en este tiempo detectamos irregularidades e incluso incumplimientos.

Ya ha pasado un mes desde la fecha en que todas las entidades financieras tuvieron que poner en marcha, obligados por la norma, el procedimiento para que los consumidores pudieran reclamar la devolución de las cantidades pagadas de más por aplicación de la cláusula suelo. Las entidades no tienen más alternativa que acatar el Real Decreto, aunque no siempre de buena gana: algunas apuraron hasta el último momento, otras entidades ofrecen poca información sobre el proceso, de forma poco visible y difícil de localizar, lo que ya ponía de manifiesto el poco interés por facilitar el procedimiento a los consumidores.

Y esto se ha demostrado aún más claramente en este mes: podemos afirmar en bastantes casos las entidades ponen trabas o directamente incumplen la norma.

¿Qué hemos detectado?

No informan bien. Comprobamos que no cumplen con la obligación de remitir una comunicación al consumidor con el cálculo desglosado de las cantidades a devolver: esto  reduce la capacidad de negociación del consumidor, impidiéndole verificar si las cantidades son correctas.

  • Algunos consumidores están recibiendo ingresos directamente en sus cuentas. Y también reciben cargos en concepto de “amortización anticipada del préstamo”, y sin embargo no han sido informados previamente e ignoran la procedencia de ingresos, cargos y ajustes.
  • Otros están recibiendo una oferta económica de forma telefónica o personal, sin que se facilite documentación. Además, el consumidor es “presionado” para aceptarla, sin darle tiempo a  analizar, comprobar o comparar los importes
  • También se reciben ofertas por escrito, pero en las que no se desglosan detalladamente los importes a devolver.
  • Entre los socios que han acudido a OCU con su documentación no hemos encontrado ningún caso en el que junto al cálculo de la cantidad que se le debe devolver le hayan dado el cuadro de amortización del préstamo con cláusula suelo y el que hubiera correspondido si ésta no se hubiera aplicado. Este es un documento imprescindible, pues permite verificar si los cálculos son correctos

No aceptan reclamaciones por el formato. Algunas entidades se niegan a aceptar reclamaciones a través de formularios o escritos de reclamación diferentes a los aportados por la entidad. Sin embargo, la norma no prevé ni impone la utilización de un formulario concreto.

Rechazan las reclamaciones de quienes han acudido a la justicia. Algunas entidades están rechazando las solicitudes de los consumidores que ya han iniciado una reclamación judicial, cuando el Real Decreto-Ley establece la posibilidad de solicitar, de común acuerdo, la suspensión del proceso.

No firmes nada sin comprobar las cifras

Todas estas prácticas confirman nuestra opinión sobre el proceso, que favorece a las entidades y que no se lo pone fácil a los consumidores que, ante la falta de información suficiente, acaban aceptando cantidades inferiores a las que les corresponde. Piensa que:

  • Hay que calcular todas las cuotas que hubieras pagado por el préstamo si la cláusula suelo no se hubiera aplicado, compararlas con las cuotas que has pagado realmente y calcular la diferencia.
  • Además, al haber estado pagando más intereses de los que te correspondían, el capital que has devuelto ha sido menor: el capital pendiente de amortizar, es decir, la cantidad que ahora debes al banco es mayor que la que te correspondería de no haber tenido suelo. Por ello  debes recalcular el capital pendiente.
  • Por último, los intereses legales se calculan sobre la diferencia de cada cuota y aplicando el interés legal del dinero desde la fecha de pago de cada cuota hasta el día de hoy (ojo, que el interés legal del dinero varía cada año).

La posibilidad de que las entidades ofrezcan alguna medida compensatoria distinta al pago en efectivo complica aún más la decisión del consumidor, pues hay que decidir si la alternativa que te ofrecen es o no interesante.

OCU te ayuda

Recuerde que en OCU llevamos mucho tiempo ayudando a los afectados por la cláusula suelo. Movilízate con nosotros.

Ponemos a tu disposición  una calculadora con la que podrás comprobar si las cantidades ofrecidas por la entidad con correctas:

Usa la calculadora de cláusulas suelo

Recuerda que aceptar la propuesta del banco es voluntario: si te no aceptan tu reclamación o si la cantidad que te ofrecen es inferior a lo que te corresponde puedes reclamar por vía judicial. Acudir a la vía judicial tiene costes, pese a que en OCU te ofrecemos una condiciones muy interesantes.

Valora si la diferencia realmente compensa iniciar la acción judicial: llama al 900 902 480 y te ayudaremos a decidir