Consejos

Qué hacer si cancelan tu vuelo

02 marzo 2022
vuelo

Huelgas, problemas, alertas meteorológicas... el resultado a menudo es el mismo: la cancelación de un vuelo. Los consumidores ven impotentes cómo estas incidencias afectan a sus viajes. ¿Sabes qué hacer? Te recordamos los derechos del viajero ante la cancelación de un vuelo.

Las cancelaciones de vuelos, por causas diversas, dan al traste con muchos viajes y empañan la mejor de las vacaciones. En algunos casos los viajeros tienen derecho a la reparación de los perjuicios causados, pero no siempre es sencillo. 

La cancelación de un vuelo se produce cuando el avión no sale del aeropuerto inicial o queda interrumpido durante el trayecto, con lo que la compañía incumple su parte del contrato de transporte. Puede producirse por distintos motivos: inclemencias atmosféricas, conflictos, una huelga, el coronavirus COVID-19... pero al final, es el viajero quien se encuentra con el problema de su vuelo cancelado. ¿Qué puede hacer? ¿A qué tiene derecho?

Tus derechos en caso de huelga aérea

Cómo reclamar una indemnización por vuelo cancelado

Y de entrada esa solución pasa siempre por el reembolso del billete o el cambio por un nuevo viaje. Los pasajeros de avión que se vean perjudicados por la cancelación de un vuelo (regular o no, tanto nacional como internacionales) tienen derecho a elegir entre:

  • La devolución del importe del billete en el plazo de siete días, incluida la parte del viaje que ya hubiera realizado o las que le quedaran por realizar, si puede demostrar que su desplazamiento no tiene razón de ser (por ejemplo, no pudo llegar a tiempo a la reunión a la que acudía). También tiene derecho a un vuelo de vuelta desde el punto donde se interrumpió el viaje. 
  • Ser transportado hasta su destino por el medio transporte alternativo más rápido posible. Esto normalmente pasa por la reubicación en otro vuelo, que no tiene porqué ser de la misma compañía aérea. También pueden usarse otros medios de transporte si fuera necesario.

¿Quién paga los gastos de la cancelación de un vuelo?

Ante la cancelación de un vuelo, la compañía debe cubrir los gastos de manutención o alojamiento, si fuera necesario, así como las llamadas telefónicas, etc.

El consumidor debe conservar las pruebas de los gastos en que haya incurrido, para poder exigir la devolución del dinero.

El reembolso de la cancelación de viajes por coronavirus, si ha sido la empresa de transporte quien cancela el vuelo, no da mayores problemas. 

Vuelo cancelado: ¿Tengo derecho a una indemnización?

La compañía no debe abonar ninguna compensación económica al viajero cuyo vuelo se haya cancelado en dos supuestos:

  • Si demuestra que la incidencia se debió a "circunstancias excepcionales" (éste es un término bastante ambiguo), pues el debate se abre respecto a lo que se considera excepcional (ver más adelante la información sobre el supuesto de huelga).
  • Si informa de la cancelación con antelación suficiente: 
    • un mínimo de dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista.
    • entre dos semanas y siete días siempre que ofrezca al pasajero un transporte alternativo que le permita salir con no más de 2 horas de antelación y llegar a su destino final con no más de 4 horas de  retraso respecto a su vuelo original
    • menos de 7 días, siempre que ofrezca al viajero un transporte alternativo que le permita salir con no más de 1 hora de antelación y llegar a su destino final con no más de 2 horas de retraso respecto a su vuelo original.

Si no es así, debe pagar unas indemnizaciones, que varían en función de la distancia del trayecto y el destino:

  • En vuelos de hasta.1500 km, 250 euros 
  • En vuelos entre 1.500 y 3.500 km, 400 euros 
  • Vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km, 400 euros 
  • Vuelos de más de 3.500 km, 600 euros

Esto, además, no excluye las reclamaciones que los pasajeros quieran presentar por los daños adicionales causados.

Cálculo de la indemnización por cancelación de vuelo

Tus derechos en caso de huelga aérea

¿Es la huelga una “causa extraordinaria”? Lo cierto es que las huelgas legales del personal de vuelo o de los pilotos no pueden considerarse extraordinarias: su gestación es de dominio público y la compañía no puede hacerse la sorprendida ni dejar de tomar medidas para paliar las previsibles molestias a los viajeros. Los tribunales han insistido en ocasiones en que, para librarse de pagar esas compensaciones a las que los viajeros tendrían derecho, la aerolínea debería probar que ha tomado todas las medidas razonables y aun así no ha podido evitar la cancelación.

indemnización vuelo cancelado

¿Cómo actuar si la compañía no cumple?

¿Y si la compañía no responde a lo previsto? El usuario puede presentar una reclamación a la compañía aérea.

RECLAMA CON OCU

Además, la normativa comunitaria establece la posibilidad de reclamar la compensación y la asistencia en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso del vuelo. En España, el organismo competente es la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Dirígete a AESA, Paseo de la Castellana 112, 28046, Madrid.

Si el viajero considera que no se le ha avisado con tiempo de la cancelación y no se le han ofrecido las alternativas que merece, puede exigir las compensaciones… pero probablemente en tribunales: si es menos de 2000 euros no necesita abogado ni procurador.