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La "Zona de bajas emisiones" de Barcelona

Barcelona ha presentado su plan de restricciones al tráfico llamado “Zona de Bajas Emisiones” con el fin de velar por la calidad del aire y la salud de sus ciudadanos. Se trata de un área de más de 95 km2, 20 veces mayor que Madrid Central, donde no se permitirá circular a los vehículos más contaminantes los días laborables de 07:00 h a 20:00 h a partir del 1 de enero de 2020. Te damos todos los detalles.

27 septiembre 2019
Zona de bajas emisiones de Barcelona

 

Zona de bajas emisiones en Barcelona

Primero fue Madrid Central y ahora es Barcelona y su Zona de Bajas Emisiones, ZBE. Se trata de un plan de restricciones al tráfico de 95 km2 pretende mejorar la calidad del aire y la salud de sus ciudadanos. Entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2020 y habrá sanciones para quienes la infringan de entre 200 y 1.800 euros (las multas se iniciarán en abril de 2020).

¿Cuál es el área restringida?

El área tiene unas dimensiones de 95 km2, será la mayor de toda España, y es 20 veces mayor que la de Madrid Central. Incluye tanto a la ciudad de Barcelona como a los municipios circundantes a las rondas. Toma nota:

Los límites territoriales establecidos dentro de la Ronda de Dalt y la Ronda del Litoral, y engloba los municipios de Barcelona (a excepción de la Zona Franca-Industrial y el barrio de Vallvidrera, el Tibidabo i les Planes), L’Hospitalet de Llobregat y partes de los municipios limítrofes a las rondas: Esplugues de Llobregat, Cornellà de Llobregat y Sant Adrià de Besòs.

Mapa de la zona de bajas emisiones de Barcelona

¿Cuáles son los vehículos afectados por la ZBE?

Los vehículos más contaminantes, se considera que alrededor de 50.000, ya no podrán circular por dicha zona restrigida los días laborables entre las 7 y las 20 horas. No afectará ni por la noche ni los fines de semana ni los días festivos.

Los aquellos vehículos considerados más contaminantes son aquellos que no tengan la etiqueta de la DGT (no hará falta pegarla en el retrovisor porque habrá lectores de matrícula). 

  • Turismos de gasolina anteriores a enero de 2001 y diésel anteriores a enero de 2006.
  • Furgonetas y autobuses matriculados antes de 2006.
  • Motos y ciclomotores matriculados antes de 2002 (ciclomotores) o 2004 (motocicletas), es decir anteriores a la Normativa Euro 2.

En cambio los coches con etiqueta podrán acceder sin problemas.

¿Cuáles son las excepciones? 

Hay 3 grupos exentos a esta nueva normativa aunque al transporte de mercancías y viajeros dispondrán de una moratoria de 1 año para adaptar su flota.

  • Los vehículos dedicados al transporte de personas con movilidad reducida.
  • Vehículos de servicios esenciales.
  • Los vehículos que no dispongan de la etiqueta ambiental dispondrán de 10 autorizaciones al año para poder acceder a la zona de bajas emisiones. 

¿Habrá sanciones? 

Aunque la norma entrará en vigor el 1 de enero de 2020, habrá un periodo de adaptación y no será hasta abril cuando se empiece a sancionar con multas que podrán ser:

  • Leves- 200 a 499 euros.
  • Graves- 500 a 999 euros.
  • Muy graves de hasta 1.803 euros para los reincidentes,

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