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¿Para cuándo cambios en la Normativa de Plusvalía Municipal?

22 junio 2017
cobro anticonstitucional plusvalía

OCU exige al Gobierno y a los Ayuntamientos que modifiquen la normativa que regula la plusvalía municipal a nivel nacional al igual que ha ocurrido en Vizcaya tras la aprobación de un Decreto Foral Normativo. Cobrar de forma confiscatoria un impuesto sobre el incremento de valor de bien cuando éste no se ha producido, es ilegal.

Si vendiste una vivienda en los últimos 4 años por un valor de transmisión inferior al de adquisición y pagaste la plusvalía en el ayuntamiento, eres uno de los afectados (excepto en aquellos casos en donde la liquidación pueda ya ser firme). En OCU nos parece injustificable que los ayuntamientos, a sabiendas de que es inconstitucional, sigan cobrando el impuesto de plusvalía en los casos en que no ha existido incremento patarimonial.

Por eso OCU te anima a que te unas a su campaña. Te ayudaremos desde la primera reclamación ante el ayuntamiento y en la posterior vía judicial.

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Decreto Foral Normativo en Vizcaya

Los ayuntamientos únicamente podrán liquidar el impuesto de la plusvalía en los supuestos en donde exista una ganancia en la transmisión de los terrenos. Esto es lo que ha establecido la Diputación Foral de Vizcaya al aprobar un Decreto Foral Normativo modificando la norma foral existente.

Dicha modificación viene motivada por dos sentencias que dictó el Tribunal Constitucional en febrero y marzo donde se declaraba inconstitucional pagar el impuesto de plusvalía cuando la venta del bien inmueble se produce por un precio inferior al que se compró. Es decir que gravar incrementos de valor que no son reales ni ciertos es confiscatorio y contrario al principio de capacidad económica y contradice el principio de capacidad económica que la Constitución garantiza en el art. 31.1. 

En este sentido, el Tribunal Constitucional también declaró inconstitucional la Ley de Haciendas Locales que regulan la plusvalía municipal y que obligan a pagar este impuesto cuando la transmisión del inmueble urbano se produce por un precio inferior al que se adquirió.

Modificación de la norma a nivel nacional

Por todo esto, OCU exige al Gobierno y a los Ayuntamientos que, al igual que ha ocurrido en el País Vasco, modifique la normativa que regula la plusvalía municipal a nivel nacional, de forma que se respete la Constitución y no se cobre de forma confiscatoria un impuesto sobre el incremento de valor de bien cuando éste no se ha producido. De la misma forma, OCU exige que los ayuntamientos devuelvan las cantidades cobradas hasta ahora sin necesidad de recurrir a los tribunales.