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¿Tienes obligación de declarar... o no?

17 mayo 2021
renta internet

Aunque este año serán más los contribuyentes que deben declarar, sobre todo por los ERTEs, antes de presentar tu declaración de IRPF, cerciórate de que estás obligado a ello, porque puede que no sea así, y que las informaciones de Renta Web te acaben llevando a confusión. Léelo todo y no te precipites.

En algunos casos los contribuyentes no están obligados a presentar declaración, aunque sea a pagar. Esto sucede, por ejemplo si sólo han tenido ingresos del trabajo procedentes de un pagador y si esos ingresos no superan los 22.000 euros. Este año, la situación provocada por los ERTEs hace que, al haber tenido dos pagadores, deban declarar muchos usuarios que otros años no lo han tenido que hacer.

Por otro lado, en algunos casos hay que presentar la declaración, aunque no se esté obligado, para poder disfrutar determinados beneficios fiscales. Aunque hay varios supuestos, los más frecuentes son:

  • Los que quieran aplicar los beneficios fiscales por las aportaciones a planes de pensiones
  • Los que tengan derecho a aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual y quieran hacerlo.

De esta manera si un contribuyente no tiene obligación de presentar la declaración, pero está pagando su vivienda habitual con un préstamo y quiere aplicar la deducción, tendrá que presentarla. ¿Es tu caso? Pues esto te interesa.

Evita confusiones

Si un contribuyente que no tiene que declarar accede por primera vez a Renta Web, es posible que la aplicación pregunte si desea trasladar que no están incorporados al borrador. En ese caso puedes decidir trasladarlos o no.

Si no trasladas los datos, no hay problema

En caso de que decidas "No trasladar los datos" (la deducción por vivienda o los planes de pensiones a la declaración), si el resultado de la declaración es a pagar, el sistema Renta Web te avisará poniendo en el Resumen de la declaración que no estás obligado a presentarla. 

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Además, la opción "Presentar declaración" estará bloqueada (aparecerá en color gris), para evitar que pagues por error.

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Si pides incorporarlos, presta atención

¿Optas por incoporar los datos? Incorporar la deducción por vivienda o planes de pensiones puede ser una opción lógica para cualquier contribuyente para así comprobar si una vez trasladados, la declaracion sale a pagar menos o a devolver más, pero... atento, porque es fácil equivocarse y acabar haciendo lo que no quieres:

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Si el contribuyente no obligado a declarar traslada los datos de la deducción por vivienda o de planes de pensiones a su declaración, y la declaración sale a pagar, en la página de Resumen de declaraciones ya no aparece el aviso de “NO OBLIGADO”. El programa estima que se quiere ejercer el derecho a estas deducciones, y no tiene en cuenta que es más favorable para el contribuyente no trasladar los datos para no estar obligado a declarar.

Por tanto, atento: Si por error haces clic en el botón de presentar declaración, se abrirá la pantalla de presentación inmediata de la declaración y podrás presentarla.

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La única manera de saber que no tendrías obligación de presentar la declaración es cancelar la pantalla de presentación inmediata para poder leer los avisos de validación de la declaración, ya que uno de ellos, advierte de la posibilidad de no estar obligado a declarar: “Según los datos que constan en su declaración individual está obligado a declarar por aplicar alguna reducción por aportaciones a sistemas de previsión social (planes de pensiones, mutualidades de previsión social, etc.) o a patrimonios protegidos de personas con discapacidad y/o la deducción estatal por inversión en vivienda habitual. Si no las aplicara dejaría de estar obligado a declarar si tributara individualmente, por lo que no tendría que ingresar el importe resultante de su declaración”.

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Sin embargo, pese a ese aviso la declaración se puede presentar. Así que te interesa estar atento.

Si te equivocas, pide anulación

¿Has presentado la declaración sin estar obligado? Tiene solución. La AEAT aconseja solicitar la anulación presentando un escrito en tu Administración de Hacienda. También puedes hacerlo a través de la sede electrónica de la web de la Agencia Tributaria, en el siguiente enlace

Pide la anulación en este enlace

  • Se abrirá otra pantalla, donde debes seleccionar el enlace "Presentar documentación complementaria". En este enlace además de aportar documentos también se pueden efectuar alegaciones, pero debes tener en cuenta que para realizar este trámite es necesario certificado electrónico o Cl@ve PIN, no vale el número de referencia.
  • En la siguiente pantalla podrás efectuar las alegaciones solicitando la anulación de la declaración y que te devuelvan el dinero pagado (o si habías optado por la domiciliación bancaria, que no te carguen en cuenta el resultado de la declaración).
  • Después de rellenar los datos que identifican tu declaración, podrás indicar las alegaciones en el recuadro que hay disponible bajo el apartado “Documentación que se anexa”.
  • También puedes hacer las alegaciones usando el modelo que proporciona la AEAT en este enlace, guardar una copia en el ordenador y luego adjuntarlo haciendo clic en la opción "Añadir fichero".

Firma y envía tu solicitud... Ya solo te queda esperar a que Hacienda la tramite. 

Si no estás obligado a declarar, hazlo solo si te devuelven

Estate atento: si tus ingresos no te obligan a declarar, sólo debes presentar declaración si te sale a devolver.