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Comisiones al alza... pero no en cuentas vinculadas

01 octubre 2020
cuenta corriente

¿En el banco te obligaron a abrir una cuenta asociada a otro servicio financiero (un préstamo, un depósito...)? Pues no te pueden subir las comisiones de esa cuenta vinculada, siempre que la uses exclusivamente para la finalidad para la que fue abierta. Infórmate bien.

Las subidas de comisiones están al orden del día. La mayoría de los grandes bancos han subido las comisiones de sus cuentas o han endurecido los requisitos necesarios para quedar exentos de pagarlas. Pero las cuentas vinculadas, aquellas cuentas asociadas a la contratación de otros productos, son un caso especial.

Cuentas vinculadas: no pueden cambiar las condiciones

Las entidades pueden obligar a sus clientes a mantener abierta una cuenta corriente para la contratación y gestión de otros productos, como un depósito a plazo o un préstamo, pero la norma establece que se deben cumplir ciertos requisitos:  

  • Que de manera previa a la contratación se informe al cliente de la exigencia de mantener una cuenta vinculada.
  • Que se informe previamente del coste de esa cuenta.
  • Que esa información se recoja expresamente en el contrato

Por tanto, en este tipo de cuentas las entidades no pueden modificar el coste, ni introducir conceptos que supongan un coste para el usuarios mayor que el del momento en que se contrató el producto al que están vinculadas, con la condición de que la cuenta se utilice exclusivamente para las gestiones relacionadas con el producto o servicio financiero con el que se vinculan. En resumen: si cuando abriste esa cuenta (porque así lo dijo el banco) no tenía comisiones, no te las pueden poner ahora.

¿Y si utilizo la cuenta para otras cosas?

¿Qué pasa si no usas la cuenta solo para las gestiones del servicio al que está vinculada, sino que realizas también otras operaciones con ella o la has convertido en tu cuenta habitual? En ese caso, sí te podrían cambiar las condiciones, notificándotelo con dos meses de antelación.

¿Qué pasa si no estoy conforme con las nuevas condiciones?

Pues, a diferencia de lo que sucede con las cuentas normales, no podrás cerrarla mientras mantengas el producto vinculado.

En estos casos la normativa establece que la entidad no podrá cobrar comisiones superiores a las vigentes en el momento de la solicitud de cancelación de la cuenta, siempre que a partir de ese momento la cuenta solo se use para gestionar el producto vinculado.

Por tanto, si te sucede, lo que puedes hacer es cambiarte de banco y abrir una nueva cuenta con condiciones favorables para realizar toda la operativa, aunque por obligación debas dejar la cuenta vinculada abierta, sabiendo que así no porán cambiar las comisiones.

Busca una cuenta interesante y rentable

Dejando a un lado las cuentas vinculadas, que son como vemos un caso especial, tenlo claro: si te cambian las condiciones de la cuenta, no te conformes.

En el mercado hay muchas ofertas, te animamos a que localices otra cuenta con mejores condiciones usando nuestro comparador.

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