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Ley de familias, ¿qué aporta el proyecto?

Ya se ha presentado el proyecto de Ley de Familias, una ley que cuando entre en vigor establecerá las pautas generales para las políticas familiares en todo el Estado.

05 marzo 2024
Ley de Familias

Tipos de familia y su protección

La propuesta de Ley presentada hace unos días busca garantizar dos objetivos principales:

  • la protección y el pleno reconocimiento jurídico de los distintos tipos de familias y
  • ederecho a conciliar vida familiar y laboral incorporando al derecho español la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

10 situaciones especialmente protegidas

El proyecto identifica una serie de situaciones familiares, que son las que considera merecedoras de una especial dedicación:

  1. Situaciones familiares de vulnerabilidad con personas menores de edad a cargo.
  2. Familias numerosas y supuestos equiparados.
  3. Situaciones familiares en que exista una sola persona progenitora.
  4. Situaciones familiares en que existan personas con discapacidad o en situación de dependencia.
  5. Situaciones familiares en que existan personas pertenecientes al colectivo LGTBI.
  6. Situaciones familiares con nacimientos, adopciones o acogimientos múltiples.
  7. Situaciones familiares en las que se produzcan adopciones o acogimientos.
  8. Situaciones familiares con hijos de uniones anteriores.
  9. Situaciones familiares familias residentes en medio rural.
  10. Situaciones familiares en las que algunos de sus miembros procedan de otro Estado o territorio, o de emigrantes retornados

Más apoyo a las familias

El proyecto, centrado en las relaciones familiares y de pareja, se compromete a facilitar apoyo y ayudas en distintos ámbitos:

Información clara y orientación jurídica y económica a las personas que vayan a formar una familia.

Apoyo a las familias en situaciones de ruptura, lo que incluye garantías del pago de alimentos reconocidos e impagados a los hijos. Para ello se ampliará el umbral de acceso al Fondo de Garantía de Pago de Alimentos, así como la cuantía, que podrá alcanzar los 500 euros mensuales (frente a los 100 actuales).

Prestación por crianza de 100 euros mensuales a las familias con menores de tres años a cargo. Y, se desarrollará un marco estatal de apoyo a los primeros 1.000 días.

Vulnerabilidad y conciliación:

  • Se dará protección especial a las familias vulnerables
  • Se arbitran medidas de conciliación, para promover las actuaciones necesarias para que las personas (en particular las mujeres) no se vean obligadas a abandonar sus trabajos y carreras profesionales por razones de cuidado y, para ello se regulan algunas medidas como el incremento de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de educación infantil, la extensión de la oferta de servicios y actividades de ocio para los periodos no lectivos y medidas de apoyo para familias que convivan con personas mayores o con discapacidad, así como servicios de apoyo y descanso para las personas cuidadoras.

Salud y bienestar. Se recoge el establecimiento de medidas y programas para promover la salud mental y el apoyo a las familias con integrantes con problemas de salud mental.

Vivienda. Se establecerán planes y programas con una especial atención a las familias que presenten especiales dificultades.

Educación:

  • Se impulsarán medidas para garantizar la educación de niños y adolescentes.
  • Se prevé un trato preferente al público familiar en actividades culturales, de ocio, tiempo libre y deportivas.
  • Se promoverá el acceso a internet a todos los hogares con personas menores de edad, o mayores de edad con discapacidad a fin de combatir la brecha digital derivada de la falta de acceso.

Orfandad. Se valorará extender hasta los 26 años la edad para ser beneficiario de la pensión o prestación de orfandad.

Medidas específicas de protección

El nuevo proyecto de ley recogen medidas específicas de protección para:

Familias monoparentales

  • Dispondrán de un título de acreditación oficial de familia monoparental, que otorga acceso preferente a distintos servicios públicos.
  • Contará con la posibilidad de tener 16 semanas de educación infantil gratis dentro de los primeros 24 meses de vida del hijo.
  • Se equipararán los derechos de las familias monoparentales con dos hijos a los de las familias numerosas.

Familias numerosas

  • Pasan a llamarse familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza.
  • Se reconocerán como familias numerosas de categoría especial las que tengan cuatro o más hijos (antes era a partir de los cinco) o tres en caso de parto múltiple (anteriormente a partir de los cuatro) o si los ingresos anuales, divididos por el número especial de sus miembros, no superen el 150 % del IPREM vigente.
  • En caso de separaciones o divorcios con custodia compartida, el título de familia numerosa lo podrán ostentar ambos progenitores y los dos podrán acogerse a sus beneficios.

Familias con discapacitados

Se equiparará los derechos de las familias numerosas a aquellas familias que tengan un ascendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % (frente al 65 % actual). Y en familias con menores de edad con discapacidad, las administraciones competentes estarán obligadas por ley a asegurar la atención temprana y a facilitar los apoyos educativos necesarios.

Parejas de hecho

  • Tendrán derecho a pensión de viudedad (similar a la del matrimonio) y al complemento a mínimos de las pensiones.
  • Estarán en el acceso al Fondo de Garantía de Pago de Alimentos para los hijos a cargo en caso de disolución de la pareja.
  • Se creará un Registro Estatal de Parejas de Hecho centralizado para las parejas registradas a nivel autonómico.

NIE para niños con progenitores en situación irregular

En las situaciones familiares en las que alguno de sus miembros proceda de otro Estado o territorio y no tenga regularizada su situación administrativa, la ley garantizará un NIE para niños y niñas cuyos progenitores estén en situación irregular.

Esperamos a la aprobación

Aún hay que esperar a la aprobación de la ley en las Cortes Generales y a su publicación en el BOE. Aunque la entrada en vigor está prevista a los 20 días de la publicación en el BOE, determinadas medidas necesitarán un desarrollo o una reforma legislativa o política concretas que irán estableciéndose progresivamente. A las Comunidades Autónomas se les reconoce un plazo máximo de 24 meses para los desarrollos de las obligaciones establecidas en la ley que sean de su competencia.

Las propuestas, que mejoran la protección a los usuarios más vulnerables, son positivas, pero todo está condicionado a que haya presupuesto para llevar a cabo todos estos proyectos y planes... Estaremos pendientes.