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Errores en la contratación: la CNMC toma medidas

Para evitar contrataciones fraudulentas, la CNMC impone a Endesa, Iberdrola, Naturgy y Holaluz que introduzcan cambios en sus protocolos de contratación. Esta llamada de atención pone en evidencia las deficiencias en los sistemas para contratar los suministros de electricidad y gas. Es imprescindible que la normativa impida que se pueda pedir el cambio de comercializadora a partir de la dirección postal de la vivienda, sin comprobar que coincide con el código CUPS del punto de suministro.

22 marzo 2023
Suministro eléctrico - torres alta tensión - CNMC medidas Iberdrola

Los suministros de gas y electricidad se identifican a partir de un número inequívoco que se conoce como el CUPS (Código Unificado de Puntos de Suministro), lo que debería evitar cualquier error en las contrataciones. Sin embargo, la Comisión Nacinal de los Mercados y la Competencia, CNMC,  ha constatado un crecimiento de contrataciones fraudulentas al efectuar un cambio de compañía a un CUPS erróneo. En consecuencia, ha impuesto medidas preventivas especiales a cuatro compañías: Endesa, Iberdrola, Naturgy y Holaluz.

Aumentan los fallos en el proceso

OCU también ha detectado un aumento de las reclamaciones por errores en la contratación o cambio de comercializadora de los suministros de gas y electricidad. En algunos, se asignan contratos de suministro a personas que no los han pedido o bien se les cambia de comercializadora sin su consentimiento. El problema se origina por el proceso de contratación que están usando las comercializadoras. 

Contratan otro suministro utilizando tu dirección

Casi todas las comercializadoras de gas o luz permiten dar de alta un contrato a partir de la dirección postal de la vivienda sin que sea imprescindible facilitar el CUPS, el código que identifica de forma inequívoca el punto de suministro. De esta forma, si hay alguna confusión en los datos de puerta, escalera, etc., ya sea por parte del usuario que los facilita, del operador que los anota o en la base de datos que maneja, puede ocurrir que pongan a tu nombre el contrato de gas o electricidad de alguno de tus vecinos, con lo que eso puede suponer:

  • Puedes encontrarte pagando dos facturas, la de tu compañía original y el suministro que te han asignado por error.
  • Podrían llegar a que te cambien de comercializadora sin haberlo pedido, pues es probable que la distribuidora acepte el cambio de titular sin ningún control adicional.

Cuando se dan estos errores, la solución no es sencilla. Si han puesto a tu nombre el contrato de una vivienda que no es tuya, podrías solicitar la baja del suministro, pero con ello ocasionarás un grave problema al vecino, que verá cómo le cortan el gas o la luz cuando a lo mejor pensaba que su factura simplemente se estaba retrasando. Y si el vecino detecta el error, no le será fácil reclamar, porque no figura como cliente de la nueva compañía.

¿Por qué pasa esto? 

El origen del problema es que las comercializadoras están manejando bases de datos antiguas (anteriores a 2015) en las que aparece la dirección del suministro y de esta forma pueden vincular una dirección a un CUPS, salvo en viviendas de nueva construcción.

Si usaran la base de datos actualizada SIPS, sería imposible contratar a partir de la dirección, pues en ella se omite la información personal y datos de ubicación del suministro, precisamente para evitar este tipo de errores, aunque sí incluye incluye información del punto de suministro (CUPS, potencia contratada, consumos históricos…). No obstante, la base de datos SIPS del gas natural sí mantiene el detalle de la dirección.

La realidad es que todas las comercializadoras están manejando las bases de datos anteriores y permiten contrataciones a partir de ellas, aunque sea con errores, pues la dirección puede que no esté bien actualizada o que no recoja detalles como si la puerta es la letra D o es Derecha o si el bajo es realmente bajo o figura como primera planta.

La CNMC obliga a revisar el protocolo de contratación

La CNMC, organismo responsable de la competencia, impone una serie de medidas para solucionar esto:

  • Obligan a las comercializadoras de Iberdrola, Endesa, Naturgy y Holaluz a revisar sus protocolos de contratación de manera que se muestre claramente el titular del suministro, la dirección del inmueble y el CUPS.
  • Para evitar cortes de suministro por error en el CUPS, la comercializadora causante del error está obligada a reponer el punto de suministro al comercializador que lo ha perdido.

OCU pide que estas medidas se generalicen

Desde OCU lamentamos que estas medidas no sean extensibles al resto de comercializadoras que contratan a partir de la dirección de suministro y propone revisar la norma para que sea obligatorio facilitar siempre el CUPS durante la contratación y así evitar errores. Además, el comercializador que ha causado el error haciendo el alta de un CUPS erróneo debería asumir todos los costes que se hayan producido, incluida la factura que ha abonado el nuevo titular por error.

La solución no es retornar a unas bases de datos de clientes SIPS que vuelvan a incluir la dirección del suministro, como todavía ocurre en el caso del gas, porque reduciría este tipo de errores, pero haría más fácil que un comercial se pueda hacer pasar por un agente de la compañía con la que se tiene contrato, pues conocerían datos como la potencia contratada, la estimación de consumo anual… lo que facilitaría las contrataciones engañosas a través de web o teléfono, pues con tantos datos del suministro, se facilita que la historia que cuente el comercial sea creíble y confunda al usuario.

Además, pedimos que, con la mayor rapidez posible, las comercializadoras y distribuidoras implanten los mecanismos impulsados por la CNMC para facilitar la restitución de los contratos con el operador (y tarifa) original. Estos mecanismos son útiles en situaciones como las aquí descritas: cruce de CUPS, ejercicio del derecho de desistimiento o las contrataciones fraudulentas a partir de engaños de comerciales agresivos.

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