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Gas: guía del mercado y las tarifas de gas

01 enero 2011
Gas

En esta guía respondemos a sus dudas sobre el mercado del gas y su liberalización. Información sobre tarifas, comercializadoras, distribuidoras… Aunque es menos problemático que la liberalización del mercado eléctrico, también hay confusión. Le damos las claves para saber cómo actuar.

La liberalización del mercado del gas ha seguido un proceso similar al de la electricidad. Sin embargo este proceso ha planteado menos problemas, básicamente por la menor improvisación normativa.

Desde el año 2003, el cliente de gas natural tenía la posibilidad de elegir la comercializadora que le suministre el gas. Esta libertad fue escasamente aprovechada por los consumidores, a quienes las ofertas de las comercializadoras parecían poco interesantes. De hecho muchos de los clientes que estaban con una tarifa en el mercado libre lo hacían pero sin cambiar de grupo de distribución.

En julio del 2008, un año antes que en el caso de la electricidad, todos los clientes que se mantenían con la tarifa oficial con su distribuidora fueron migrados a la compañía  Comercializadora de Último Recurso perteneciente al mismo grupo empresarial.

A partir de ese momento la tarifa fijada por el ministerio  se sustituye por la Tarifa de Último Recurso, que tiene la misma estructura que la anterior. Tan solo cambia un matiz: si bien antes los grandes clientes, como las comunidades de vecinos tenían una tarifa oficial, con la  TUR los clientes con consumo anual superior a 50.000 kWh/año quedan sin la protección de la TUR y obligatoriamente deben buscar una oferta en el mercado.

Las comercializadoras de gas de último recurso ¿quiénes son?

Son las compañías, filiales de las grandes distribuidoras de gas, que tienen la responsabilidad de suministrar el gas con la Tarifa de Último Recurso (TUR).

Todos los clientes que en Julio del 2008 mantenían su contrato con una distribuidora (no tenían una oferta en el mercado libre) fueron migrados automática a la Comercializadora de Último Recurso del mismo grupo que su distribuidora.

Las Comercializadoras de Último Recurso son

¿Qué es la Tarifa de Último Recurso (TUR)?

Es la tarifa fijada por el ministerio a la que tienen derecho todos los clientes de gas natural que cuenten con un consumo inferior a 50.000 kWh/año.

Esta tarifa es revisada cada trimestre y se actualiza (al alza o a la baja) sólo si la fórmula empleada para su revisión ofrece como resultado una desviación superior al 2%.

La tarifa TUR integra (igual que en la electricidad)  las tarifas de acceso, que incluye entre otros el coste de distribuir la energía. Existen dos tarifas TUR:

  • La TUR1 en teoría para clientes con consumos inferiores a 5.000 kWh/año
  • La TUR2, diseñada para clientes con consumos superiores a 5.000 kWh/año.

¿Qué son las tarifas de acceso?

Como en la electricidad, con la factura del gas que se paga a la comercializadora hay que cubrir los costes de transportar y distribuir el gas, al gestor del sistema, la CNE… etc. Para ello, el Ministerio fija la llamada Tarifa de Acceso cuyos costes están integrados en la TUR y que en el caso de que un cliente tenga una tarifa libre, es la comercializadora la que debe abonar la parte correspondiente de esa tarifa de acceso.

La Tarifa de Acceso tiene diferentes tarifas en función del consumo y cuenta también con diferentes tarifas, según sea el consumo del cliente mayor o menor de 5000 kwh.

TUR1 o TUR2 ¿cuál contratar?

Existen para el consumidor doméstico dos tipos de tarifas de acceso, que son replicadas en la tarifas TUR y que a su vez son replicadas en las tarifas que libremente comercializa cada comercializadora. La estructura de estas tarifas es binomial: por un lado se cobra un coste fijo mensual y por otro lado un importe variable que se paga en función del consumo de gas. La decisión de contratar una de las dos tarifas existentes depende exclusivamente del consumo anual del cliente.

  • La primera de ellas está diseñada para clientes con consumos anuales inferiores a 5000 kWh/año. Con esta tarifa el término fijo es reducido pero a cambio el precio del kWh es algo más elevado. Esta tarifa está dirigida principalmente a clientes que utilicen el gas para cocinar o para el agua caliente, pero lo normal es que si usan el gas para la calefacción su consumo sea mayor.
  • Para consumos superiores a 5000 kWh existe otra tarifa con un término fijo más elevado, pero a cambio un precio del kWh más económico.

Cuando se trata de tarifas de acceso estas tarifas oficiales se denominan 3.1 o 3.2, y cuando se trata de la Tarifa de Último Recurso se llaman TUR.1 y TUR.2.

La distribuidora tiene la obligación anualmente de revisar si el cliente está en la tarifa adecuada para su perfil. Si su consumo ha bajado o ha subido, tiene la capacidad de reasignarle la tarifa de acceso que mejor se adecúa a su perfil. Esto ha hecho que el cliente no tuviera que preocuparse de si la tarifa era adecuada o no.

Sin embargo con las últimas revisiones de la tarifa TUR se ha producido una situación novedosa. Si tradicionalmente la estructura de tarifas hacía que a partir de 5000 kWh era más económico tener la tarifa TUR2 que la TUR1, pero ahora el punto de corte se traslada a los 8500 kWh año aproximadamente. Con lo cual en algunos casos no es tan fácil saber qué tarifa de gas es la que conviene.

Efectivamente, los clientes que tengan consumos entre 5000 kWh y 8500 kWh estarán con las tarifas de acceso 3.2 y por lo tanto con la tarifa TUR o libre equivalente, cuando al menos teniendo en cuenta las tarifas TUR le interesaría mantener la TUR1.  Estos clientes pueden solicitar el cambio a la tarifa TUR1, pero cuando la distribuidora vaya a revisar qué tarifa de acceso es la más interesante para el consumidor, volverá a reubicarle en la tarifa de acceso 3.2 (es la mejor opción en las tarifas de acceso), y le volverá a asignar la TUR2, cuando el consumidor, que lo que paga es la TUR y no las tarifas de acceso su mejor opción sería seguir con la tarifa TUR1.

La OCU se ha dirigido al Ministerio de Industria avisando de que el cambio de tarifas ha desplazado el punto de inflexión entre TUR1 y TUR2 a una posición incoherente con las tarifas de acceso y con el propio etiquetado de las tarifas, pero no hemos obtenido ninguna respuesta.

Mercado libre: en qué hay que fijarse

Como la calidad y garantía del suministro está garantizado por la distribuidora y no por la comercializadora, cambiar de comercializadora no afecta en ese sentido. Esto hace que en lo que haya que fijarse al alegir compañía sea en el precio a pagar por el servicio en el momento de la contratación y las revisiones de la tarifa a pagar.

Lo habitual es que las tarifas que ofrece las compañías sean la misma tarifa que la TUR, (y que se revisen automáticamente cada vez que la TUR cambia) con un descuento que casi siempre suele ser temporal, por lo tanto pasado ese periodo promocional dejará de tener ventajas por haber contratado con una comercializadora.

Nuestro consejo es que no firme ningún contrato en el que no haya podido comprobar con precisión:

  • el precio que pagará,
  • el sistema de revisión de precios que se utilizará,
  • el importe y duración de los descuentos si los hubiera,
  • la duración del contrato,
  • el procedimiento y plazos para cancelar el contrato con las penalizaciones que pudiera haber en caso de cancelación anticipada.

Al menos cada año debe comprobar si la tarifa que está pagando es la más interesante para su perfil de consumo: use para ello la calculadora de gas y electricidad.

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