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Afectados del Popular: ¿tienes claro cómo declarar?

29 mayo 2018
dinero

Si eres uno de los ahorradores que, tras la liquidación del Popular, vieron que el valor de sus acciones quedaba en nada, quizá tengas dudas a la hora de presentar tu declaración de IRPF. Te contamos cómo debes actuar.

Accionistas afectados por la venta del Banco Popular: que hacer

Miles de accionistas afectados por la liquidación del Popular vieron cómo se desvanecían sus ahorros: muchos de ellos están luchando por recuperar su dinero. Otros han aceptado la propuesta del Santander, que a cambio de renunciar a ejercer acciones legales contra el Grupo Santander, ofreció a algunos clientes unos bonos de fidelización. Pero sea cuál la opción escogida, es momento de aclarar cuentas con Hacienda.

Accionistas afectados por la venta del Banco Popular: que hacer

Si no aceptaste los bonos del Popular

Si perdiste tu dinero tras la liquidación y no pudiste o no quisiste acogerte a la oferta de bonos de Banco Santander, en tu declaración simplemente tienes que declarar la pérdida patrimonial (si tus títulos eran acciones) o rendimiento del capital mobiliario negativo (si tus títulos eran obligaciones).

Si aceptaste la oferta del Popular

La oferta de bonos de fidelización del Santander iba dirigida a los clientes que habían comprado acciones del Popular en la ampliación de capital de 2016 y a los que habían acudido a las emisiones de deuda subordinada en julio y octubre de 2011. Cada bono de fidelización tenía 100 euros de valor nominal si bien su "valor razonable" cuando se entregaron era del 70% de su valor nominal, o sea, de 70 euros: en adelante su valor se ha ido negociando a diario, siendo a 31 de diciembre de 2017 de 78 euros.

Banco Popular: que hacer

Si elegiste esta opción, debes reflejar en la declaración la adquisición de los bonos, los rendimientos que generen y si los vendes, su transmisión. Cómo hacerlo depende de los títulos del Banco Popular que tuvieras:

  • Si tenías acciones, el valor de los bonos al cierre del ejercicio se considera ganancia patrimonial a integrar en la base del ahorro y se puede compensar con pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de bienes, incluidas las derivadas de la titularidad de las acciones del Banco Popular
  • Si lo que tenías eran obligaciones subordinadas, el valor de los bonos se considerarán rendimiento del capital mobiliario en especie, se integra en la base imponible del ahorro y se puede compensar con rendimientos del capital mobiliario negativos, como lo que te generase la liquidación del Popular. El 19 % de retención que pesa sobre ese rendimiento se puede satisfacer con cargo a los fondos de la cuenta o descontándose del importe de los títulos, y es deducible de la cuota del IRPF. La retención no se practica sobre los rendimientos derivados de la transmisión o reembolso de los bonos de fidelización con rendimiento explícito, siempre que estén representados mediante anotaciones en cuenta y se negocien en un mercado secundario oficial de valores español.

 

Ten en cuenta que en el futuro tendrás que declarar los intereses de los bonos: un 1% anual durante los próximos siete años, y cerca del 6% en los siguientes. Se trata de rendimientos del capital mobiliario y se integran en la base del ahorro, tras restar los gastos de administración y depósito. Cuando los vendas, si los vendes, deberás declarar un rendimiento del capital mobiliario calculado por la diferencia entre el valor de transmisión que tengan entonces y el de adquisición.