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Hipotecas: el AJD lo paga el banco, por decreto

12 noviembre 2018
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En las hipotecas que se formalicen a partir de ahora, será el banco quien se encargue de pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. ¿Cambiarán las entidades sus condiciones? Habrá que estar atento para saber quién “paga” realmente ese dinero.

El AJD de las hipotecas lo paga el banco, por decreto 

Después de todo el caos formado por el Tribunal Supremo a cuenta del AJD al final serán los bancos los que deberán pagar el impuesto. El día 8 de noviembre el Gobierno aprobó un Real Decreto-Ley que modifica la norma: a partir de ahora, los bancos pagarán el AJD, pero eso sí, solo para las hipotecas que se firmen a partir del día 12 de noviembre.

Por tanto para aquellos que firmaron hipotecas con anterioridad, se aplicará el criterio impuesto por el Supremo tras su bochornosa rectificación: serán los clientes los que deberán asumir el pago del impuesto, sin opciones de recuperar lo que han pagado.

Las nuevas hipotecas, más baratas (de momento)

Quien firme una hipoteca a partir de hoy se encontrará con que, al menos en principio, sus costes serán menores. Habrá que estar pendiente para ver si los bancos asumirán el pago del impuesto sin modificar las condiciones de sus préstamos hipotecarios o si, al contrario, empezarán a subir poco a poco los tipos de interés y los consumidores acabaremos pagando más por las hipotecas.

De entrada, hemos actualizado nuestro comparador de hipotecas, para eliminar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de los costes que asume el consumidor, lo que se traduce en una TAE más baja de la hipoteca. ¿Buscas hipoteca? Localiza la que más te convenga en el 

Comparador de hipotecas

Las CCAA aprovechan para eliminar las bonificaciones

En la mayoría de casos los préstamos hipotecarios tributan al tipo general del AJD, pero muchas comunidades establecieron bonificaciones o tipos impositivos reducidos para determinados colectivos o situaciones concretas. Por ejemplo, es frecuente que haya tipos más bajos en el caso de adquisición de vivienda habitual hasta determinado importe, adquisición de vivienda habitual por familias numerosas, personas con discapacidad o jóvenes. También es común aplicar tipos de AJD reducidos o incluso exenciones a los préstamos para adquisición de viviendas protegidas.

Sin embargo, como desde el 12 de noviembre el impuesto lo paga el banco, algunas CCAA están planteándose eliminar todos los beneficios fiscales: la primera ha sido Cataluña, donde, desde el día 16 de noviembre quedan suprimidos todos los tipos reducidos del AJD.

Imponer los gastos al usuario sigue siendo abusivo

Las cláusulas de imposición de gastos de formalización a los usuarios, declaradas abusivas hace unos años a instancia de OCU, siguen siendo nulas. Este lío del Tribunal Supremo no afecta a su abusividad, sino solo a efectos de quién debe asumir el pago del impuesto AJD. Por tanto, los consumidores pueden seguir reclamando que se les devuelvan los gastos cobrados indebidamente en las hipotecas, incluso el AJD ( pudiera suceder que, como ocurrió con las cláusulas suelo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea acabe rectificando al Supremo).

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