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Nueva Hipoteca Inversa de Santander y Mapfre

18 enero 2024
hipoteca inversa

La hipoteca inversa facilita que personas mayores que sean propietarios de una vivienda libre de cargas puedan obtener unos ingresos adicionales manteniendo tanto la propiedad como el uso de la vivienda, pero a cambio los herederos tendrán que asumir la deuda generada y devolverla si quieren conservar la vivienda. Se trata de un producto complejo que hasta ahora ha tenido poco éxito: son pocas las entidades que las comercializan y pocos los consumidores que las han contratado.

Hipoteca Inversa del Santander: qué, cómo, cuánto

Una hipoteca inversa es un tipo de préstamo pensado para que propietarios de vivienda puedan disponer de liquidez: el banco abona un dinero al cliente, que a cambio ofrece su vivienda como garantía. 

Infórmate sobre la hipoteca inversa

Ahora el Banco de Santander también apuesta por la hipoteca inversa, y ha llegado a un acuerdo con Mapfre para empezar a comercializar este producto.

¿Cuáles son los requisitos?

Pueden solicitar la hipoteca inversa del Santander hasta dos titulares, ambos mayores de 65 años y que tengan el 100% de la propiedad

Para que concedan esta hipoteca:

  • La vivienda debe ser la vivienda habitual.
  • La vivienda debe tener un valor superior a 200.000 euros y estar situada en capitales de provincia donde hay menos riesgo de caídas de precio y más facilidad para venderla.
  • No puede haber otras personas residiendo en la vivienda además de los posibles solicitantes.
  • Además, es obligatorio contar con un asesoramiento independiente previo a la contratación: en ese proceso que tendrán que estar presentes los herederos directos, ya que son ellos los que, tras el fallecimiento de los titulares, tienen que asumir la deuda generada P, para lo que pueden optar por quedarse con la vivienda, devolviendo la deuda acumulada, o bien vender la casa y cancelar la deuda pendiente con el dinero obtenido (y quedándose con la diferencia si la hubiera).

¿Qué condiciones ofrece el Banco Santander?

El tipo de interés que hay que pagar es el 5,99% nominal anual, un interés elevado que duplica al que se aplica habitualmente a las hipotecas para adquisición de vivienda.

No tiene comisión de apertura, por lo que los gastos que hay que pagar son la tasación de la vivienda que tiene un coste de alrededor de 300 euros y la mitad del coste del asesoramiento independiente, unos 240 euros adicionales.

¿Qué renta se puede obtener con esta hipoteca inversa?

La hipoteca inversa del Santander ofrece dos opciones:

  • Obtener una renta temporal durante un número determinado de años, calculado según la esperanza de vida: si el cliente supera la edad establecida, dejará de cobrar la renta.
  • Obtener una renta vitalicia hasta el fallecimiento, para lo cual es necesario contratar un seguro de rentas vitalicias, que se paga al inicio mediante una prima única financiada. En el caso de que lo titulares fallezcan antes de llegar a la esperanza de vida calculada, el banco devolverá el 100% de la prima pagada, aunque no los intereses generados por financiar dicha prima.

Para evitar que el importe de la deuda pueda superar el valor de la vivienda, las rentas no son muy elevadas y dependerán, además del valor de la vivienda, de la edad del solicitante: a menor edad se recibirá una renta menor. En ningún caso la deuda generada llegará a superar el 70% del valor de la vivienda

Con estas condiciones:

  • Una persona de 68 años con una vivienda valorada en 300.000 euros, con una esperanza de vida de 94 años recibiría una renta mensual de unos 241 euros. Si alcanzara o superara la esperanza de vida, la deuda acumulada ascendería a unos 180.000 euros en el caso de renta temporal, o unos 210.000 si hubiera optado por una renta vitalicia. Esa la cantidad que tendrán que devolver los herederos.
  • En el mismo supuesto, un solicitante de 80 años recibiría renta mensual de unos 687 euros hasta los 94 años.

hipoteca inversa

Alternativas a la hipoteca inversa

La hipoteca inversa es una de las opcines para utilizar la vivienda habitual como elemento para la obtención de ingresos, pero los tipos de interés aplicables son demasiado altos, lo que implica que, si se alcanza la esperanza de vida estimada, los herederos tendrán que asumir una deuda elevada, que en muchos casos obligará a vender la vivienda hipotecada.

Hay otras opciones, como puede vender la vivienda habitual, alquilarla y trasladarse a otro domicilio o a una residencia; alquilar una habitación, el garaje o el trastero si se dispone de ellos o bien vender la nuda propiedad y quedarse con el usufructo vitalicio. 

Valora lo que te conviene más

En resumen: hay que valorar si se quiere seguir residiendo en su vivienda habitual o prefiere trasladarse a vivir a otro lugar; si quiere mantener la propiedad para dejársela a sus herederos o por el contrario no tiene inconveniente en trasmitir la vivienda. Lo cierto es que no hay una mejor opción para todos, la decisión dependerá de los deseos y necesidades del propietario, el valor y situación de la vivienda, así como de las circunstancias familiares: por ejemplo, la tendencia de los jubilados con hijos es dejar la vivienda en herencia a los descendientes.