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Comunicaciones bancarias: no basta el buzón de la web

Las entidades pueden modificar las condiciones de sus cuentas, pero tienen que avisar a sus clientes de ello, de manera individualizada, con dos meses de antelación. Sin embargo, muchos usuarios alegan que no han sido informados de los cambios: puede que sea porque le avisaron solo vía web, en el buzón virtual. Si es así, puedes reclamarlo.

22 marzo 2021
avisos banca

Las entidades deben comunicar los cambios

Durante el año 2020, muchos de los grandes bancos han modificado sus tarifas, aumentando las comisiones de sus cuentas o endureciendo los requisitos para no pagarlas: así sucedió con el Santander liquidando la Cuenta 123, o con los cambios en Banco Sabadell, BBVA, Bankia Caixabank o Unicaja. Tienen derecho a ello, pueden modificar unilateralmente esas condiciones en cualquier momento… siempre que hayan comunicado a los clientes esos cambios de manera individualizada, en papel u otro soporte duradero, con una antelación de al menos dos meses.

Sin embargo, muchos clientes se quejan de que no han sido avisados de unos cambios que a menudo les pillan por sorpresa, ¿por qué pasa esto?

Las comunicaciones a través del buzón virtual no bastan

Las páginas web de muchas entidades cuentan con un “buzón virtual” en el que se pueden consultar avisos o comunicaciones de la entidad sobre los productos contratados. Además,  cada vez es más frecuente que en los contratos se incluyan cláusulas en las que se aceptan expresamente las comunicaciones por medios electrónicos, si la ley así lo permite. Pero este no es el caso de una subida de comisiones: comunicar la subida de comisiones en el buzón virtual no es suficiente para considerar cumplido el requisito de informar al cliente con antelación previsto en la normativa.

Requisitos de validez de los avisos del buzón web

El Banco de España, siguiendo el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, establece que para las comunicaciones a través de buzones virtuales en banca sean consideradas válidas, deben de cumplir tres requisitos:

  • Que el sitio web permita al usuario un correcto acceso, reproducción y almacenamiento de las notificaciones, sin que sea posible modificación unilateral del banco.
  • Que el usuario esté obligado por contrato a consultar la web para tener conocimiento de tales cambios.
  • Que el banco además avise a los clientes de que disponen de esa información en el sitio web (con un correo o un SMS).

Si no se dan las tres condiciones, no es un medio válido de comunicación. Desde OCU aclaramos que, en caso de cambios en condiciones bancarias, no basta con comunicarlo a través del buzón de la web.

Si no te informaron bien, puedes reclamar

Por tanto si te han subido las comisiones o te has encontrado un cambio de condiciones y el único aviso estaba en el buzón virtual, y nadie te indicó que esa información estaba disponible, puedes reclamar la devolución de las nuevas comisiones.

Siempre puedes cambiar de banco

Ahora bien, la entidad solo tiene que informarte bien y, dos meses más tarde pasará a cobrarte las comisiones que establezca, o a aplicar los cambios que considere oportunos. Si esas nuevas condiciones no te interesan, lo mejor es que busques otra cuenta con mejores condiciones.  Te lo podemos Consulta nuestro

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