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Ruidos molestos, ¿qué hacer?

01 septiembre 2022
Ruidos molestos

Cuando el ruido en el vecindario no te deja descansar y la buena educación no es suficiente para recobrar la paz, hay recursos legales para combatirlo. Te contamos cómo actuar según la Ley del Ruido, en función de los límites sonoros permitidos (decibelios) por las ordenanzas municipales, diferentes en cada localidad.

Uno de cada cinco europeos está expuesto a niveles de ruido prolongados que resultan perjudiciales para la salud, según la Agencia Europea de Medio Ambiente.

Y según datos del INE, en 2020 casi el 22% de los hogares españoles sufre ruidos molestos, producidos por vecinos o en el exterior. Esto supone un incremento respecto a años anteriores (5 años antes ese porcentaje era el 16%).

¿Sabías que sobrepasar los niveles de ruido legales, perturbando la tranquilidad de nuestro hogar, se considera una violación del derecho a la intimidad personal y familiar recogido en la Constitución Española? Eso, sin hablar de que un ruido excesivo perjudica el descanso (y no hablamos solo de dormir), con el consiguiente impacto en la salud de los que lo padecen.

Límites sonoros permitidos

Con el objetivo de prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica se creó en 2003 la Ley del Ruido, a la que se han ido uniendo distintas normas europeas, autonómicas y municipales.

Por otro lado, las ordenanzas municipales establecen los niveles de ruidos permitidos en cada horario en función de la zona (residencial, industrial, docente, etc.). De esta forma, el número máximo de decibelios en el interior de una vivienda también está regulado localmente.

Los límites varían mucho

Los límites permitidos son distintos en los dormitorios, destinados al descanso, y en el resto de estancias de las casas.

También es distinto el nivel admisible durante el horario considerado "diurno", que contempla también la tarde y durante la noche.

En general, los reglamentos municipales para una zona residencial establecen normalmente un límite de 35 decibelios (algo menos en los dormitorios),desde las 8 hasta las 22 h, mientras que desde las 22 hasta las 8 h el límite es más bajo. de entre 25 o 30 decibelios.

Hay localidades donde el ruido está más tolerado que en otras: esta tabla muestra solo los límites admitidos en algunas grandes ciudades españolas, pero te animamos a consultar en tu ayuntamiento cuál es ese límite, 

 Límites de decibelios autorizados en vivienda (uso residencial)
 Ciudad  En interior de dormitorios  En otras estancias
 Día  Noche  Día Noche 
Barcelona   30 25   35 30
Bilbao  35 25  35 25 
Madrid  30 25  35 30
Sevilla  40 30  45 35
Toledo  40 30  35 25
Valencia  40 30  45 35
Valladolid  32 25  40 30
Zaragoza  40 27  45 30

¿Qué hacer si sufres ruidos?

Si el responsable es un vecino ruidoso

¿Qué se puede hacer cuando los inquilinos del piso de arriba, estudiantes universitarios, montan una fiesta multitudinaria cada vez que terminan los exámenes? ¿Y si al de la puerta de al lado, pianista retirado, le da por montar una academia en casa? ¿Y con ese vecino insomne que pone altísimo el televisor y te parece estar en su casa?

Te damos tres claves para solventar el ruido en tu comunidad de propietarios:

  • Por las buenas. Como siempre, intenta de forma amistosa que su vecino deje de hacer ruido.
  • Al presidente de la comunidad.  Si la vía amistosa no funciona, dirígete al presidente de la comunidad de propietarios para que requiera la cesación inmediata de la actividad que produce el ruido molesto. La Ley de la Propiedad Horizontal establece en su artículo 7 que el presidente, a iniciativa propia o de los propietarios (o inquilinos) afectados, requerirá a quien realice las actividades prohibidas su inmediata cesación.
  • La comunidad presenta una demanda. Si el problema continúa, el presidente puede convocar una junta de propietarios en la que se autorice la presentación de una demanda contra el propietario ruidoso (o, en su caso, contra el inquilino). Si la sentencia es estimatoria, además de la cesación inmediata de la actividad podría exigirse una indemnización por daños (tratamiento médico, baja laboral, etc.) y privar del derecho al uso de la vivienda o local por un periodo de hasta 3 años (y el fin del contrato si es inquilino). En este caso, sería interesante comprobar que se están sobrepasando los niveles máximos de ruido a través de una denuncia a la policía, que hará mediciones, o encargando un peritaje a una empresa especializada para que tenga valor ante un juez. En la demanda conviene incluir a todos los residentes en la vivienda, ya que cuando hay indemnización se concede por cada afectado. También resulta práctico asociar a otros perjudicados para que la demanda tenga más fuerza. Si la comunidad se negase a actuar, podrías ir tú mismo a los tribunales, o mejor aún, encargárselo a tu seguro de hogar si tiene la cobertura de reclamación de daños.

Si el problema son los ruidos de la calle

¿La puerta del garaje del edificio de enfrente chirría de forma exagerada? ¿Los servicios de limpieza municipal no te dejan dormir, porque pasan de madrugada o a primera hora de la mañana? ¿Sufres los ruidos de una terraza cercana, oyendo risas y conversaciones como si estuvieran en tu casa? ¿En el bar de debajo de tu casa suena música a todas horas?

Seguro que no eres el único que sufre estos ruidos, y para tratar de solucionarlo, lo mejor es mantenerse unidos: en este caso lo de "la unión hace la fuerza" es una gran verdad. Habla con tus vecinos y trata de solucionarlo como colectivo. Se podría implicar al presidente de la comunidad de propietarios para que en representación de los afectados solicite al responsable del ruido que tome medidas para solucionarlo:

  • Vía amistosa. Lo primero es hablar con el causante del ruido para pedirle de forma cordial que deje de hacerlo.
  • Vía administrativa. Si amablemente no se consigue nada, presenta una denuncia administrativa. En función de la urgencia, pon una denuncia en el ayuntamiento o llama directamente a la policía municipal. Si resulta que el número de decibelios supera el permitido, se abrirá un expediente contra el responsable, a quien podrán sancionar y exigir medidas correctoras.
  • Vía judicial. En caso de que la actividad molesta continúe, podrías demandar al responsable. Las mediciones realizadas por la policía o por un perito son fundamentales. Debe valorarse con un abogado el mejor modo de lograr que cese la molestia y que le indemnicen por el daño. A veces cabe la vía penal.

Cuando el responsable del ruido es el propio ayuntamiento, la forma de actuar ha de ser más imaginativa y cuestionar, por ejemplo, que si el ruido que hace la barredora está dentro de lo permitido tal vez sea porque los límites en su ciudad son demasiado permisivos. Una campaña con recogida de firmas a través de plataformas y denuncias en redes sociales puede ser de gran ayuda para que se baje el nivel de ruido tolerable o, al menos, cambien a barredoras más silenciosas.

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¿Tienes algún problema de ruidos en la calle o en tu comunidad de propietarios? Recuerda que no estás solo: en OCU podemos orientarte e informarte para que puedas hacer valer tus derechos. Confía en nosotros

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