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¿Sabes cuándo tienes que pasar la ITV con tu coche?

El estado de alarma ha supuesto el aplazamiento de muchos trámites; entre ellos algunos relacionados con el mundo del automóvil, como las Inspecciones Técnicas de Vehículos.

08 julio 2020
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¿Tenías que haber pasado la inspección técnica de tu vehículo antes del 14 de marzo y no lo hiciste? Pide cita cuanto antes, y mueve el coche solo para desplazarte al centro de la ITV. Recuerda que tenerla caducada supone una multa de 200 euros.

Las ITV durante el estado de alarma

Al inicio del estado de alarma se aplazó la obligación de acudir a los centros para pasar las ITV. Ahora, para evitar la saturación, desde el Gobierno se han aumentado los plazos. Según el momento en que tuvieras que pasarla, el plazo se ha ampliado más o menos.

¿Cuándo te toca pasar la ITV?

Pues depende del momento en que te correspondiera la inspección: ¿cuál era tu fecha de inspección?

  • Del 14 al 20 de marzo: hasta el 4 de agosto.
  • Del 20 al 27 de marzo:hasta el 19 de agosto.
  • Del 28 de marzo al 3 de abril: la prórroga incluye el 3 de septiembre.
  • Del 4 al 10 de abril: límite hasta el 18 de septiembre.
  • Del 11 al 17 de abril:el 3 de octubre.
  • Del 18 al 24 de abril:hasta el 18 de octubre de plazo.
  • Del 25 de abril al 1 de mayo:plazo hasta el 2 de noviembre.
  • Del 2 al 8 de mayo:de límite el 17 de noviembre.
  • Del 9 al 15 de mayo:hasta el 2 de diciembre.
  • Del 16 al 22 de mayo: hasta el 17 de diciembre.
  • Del 23 al 29 de mayo: el plazo acaba el 2 de enero del 2021.
  • Del 30 al 5 de junio: el límite será el 16 de enero del 2021.
  • Del 6 al 12 de junio: plazo hasta 31 de enero.
  • Del 13 al 19 de junio: hasta el 15 de febrero del año que viene.
  • El 20 de junio: hasta el 2 de marzo del 2021.
  • Del 21 de junio al 31 de agosto: nueva prórroga de 3 meses, contando la fecha de la caducidad. Por ejemplo: el 1 de julio tendrá de plazo hasta el 1 de octubre 

Toma nota

Estos períodos no se aplican a los vehículos agrícolas, que verán ampliada la vigencia de su ITV hasta el 10 de noviembre de 2020.

Quienes tengan que pasar la ITV al día siguiente del final del estado de alarma tendrán que pasarla en el plazo habitual, es decir, no hay período de gracia, puesto que ya no existirá ninguna limitación.

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Coche listo y a punto... ¿por cuánto tiempo?

Como sabemos, los plazos de ITV son variables, dependiendo del tipo y la antigüedad del vehículo: por ejemplo, pueden ser de 2 años para turismos entre 4 y 10 años, de 1 año para turismos de más de 10 años o de 6 meses para vehículos de servicio público de más de 5 años...

Pero cuando se pase la ITV del vehículo, el período de vigencia se calculará con la fecha original en la que tenía que haberla pasado el vehículo, y no a partir de la fecha prorrogada. En la práctica, el usuario se encuentra con que esta revisión puede durar menos que otros años. Unos ejemplos pueden aclarar las cosas: 

  • Un turismo de menos de 10 años al que corresponda pasar la ITV cada dos años: si la fecha de su inspección era 31 de marzo de 2020 y la pasa, por ejemplo, el 10 de julio de 2020, tendrá fecha límite para pasar la nueva ITV el 31 de marzo de 2022 y no el 10 de julio de ese año.
  • Si se prorrogase el estado de alarma hasta final de junio. Los usuarios que tengan que pasar la ITV esa semana tendrían 270 días de prórroga… el conductor que apurase ese plazo y tenga un vehículo que debe pasar la inspección cada año, podría encontrarse con que pasa en marzo de 2021 la revisión de 2020 y tres meses más tarde, la de 2021, teniendo que volver a pasar por caja.

En resumen, el periodo de validez de la ITV se acorta, sin que haya ninguna razón técnica que lo justifique, pues los requisitos técnicos y de seguridad son los mismos que siempre. A juicio de OCU esto supone un agravio para muchos usuarios, que abonarán la tasa de la inspección para un tiempo, tienen el coche listo y en condiciones para circular en ese periodo… pero en realidad deberán volver a pasar por la ITV (y por la caja) antes de lo que les debería corresponder. Por esto, OCU solicita al Ministerio de Industria que se mantengan los plazos establecidos.