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¿Trabajas a tiempo parcial? Estás de suerte

13 marzo 2024
Cada día trabajado a tiempo parcial cuenta como un día cotizado

Hasta hace muy poco, trabajar a tiempo parcial era muy desventajoso cuando querías beneficiarte de pensiones y prestaciones públicas. Pero gracias a un cambio normativo si has trabajado a media jornada durante pongamos 10 años, te computarán 10 años cotizados y no 5, como se venía haciendo. Ahora es mucho más probable que reúnas los mínimos para acceder a esas prestaciones.

Cuánto cotizas si no trabajas a jornada completa

Cuando trabajas y cotizas a la Seguridad Social, vas generando el derecho a cobrar pensiones o prestaciones que te ayudarán si te ves en determinadas circunstancias vitales, por ejemplo si enfermas o te accidentas y no puedes trabajar, si tienes un hijo, si te quedas sin empleo, si te jubilas, si mueres y dejas viudo, huérfanos o un familiar que depende de ti...

Cada día es valioso para las prestaciones

La cuantía de las prestaciones es más alta cuanto mayores sean las cotizaciones. Pero también importa mucho el número de días cotizados, por dos razones:

  • Para adquirir el derecho a cobrar, necesitas haber cotizado unos mínimos que varían según la prestación. Si no reúnes los mínimos para una prestación "contributiva", quizás tengas derecho a una "no contributiva", mucho menos apetecible.
  • Tener más días cotizados puede servirte para jubilarte a una edad más temprana o para jubilarte anticipadamente con menor penalización en la pensión.

Los trabajos a tiempo parcial estaban "castigados"

En el caso de los trabajos a tiempo parcial, y hasta hace muy poco, los días trabajados se multiplicaban por un coeficiente de parcialidad que los dejaba reducidos de forma tanto más severa cuanto más pequeña fuera la jornada.

Por ejemplo, si tenías una jornada del 20 % (es decir, de 8 horas semanales en vez de las 40 horas de la jornada completa), necesitabas trabajar cinco días para que te contara como un día cotizado (5 x 8 = 40).

Esto era injusto, pues el trabajador a tiempo parcial ya llevaba en su menor salario la "penalización" propia de un trabajo de menor entidad.

Cambios a mejor: día trabajado, día cotizado

En 2019, el Tribunal Constitucional sentenció que los días trabajados a tiempo parcial debían equipararse a los trabajados a tiempo completo para el cómputo del tiempo a efectos de lograr un par de pensiones concretas: la pensión de jubilación y la pensión de incapacidad permanente. El 1 de octubre de 2023 el coeficiente de parcialidad se eliminó también para otras prestaciones.

Ahora, en lo que respecta a las pensiones de:

  • Jubilación.
  • Incapacidad permanente o temporal.
  • Viudedad y orfandad.
  • Nacimiento y cuidado de menores.

Cada día trabajado cuenta como un día cotizado, sin importar el tipo de jornada o el número de horas trabajadas,

Por ejemplo, para acceder a la pensión de jubilación contributiva, tendrás que sumar 15 años cotizados, de los cuales 2 tienen que estar dentro de los 15 años previos a jubilarte. Para conseguirlos, podrás poner sobre la mesa todos los días que hayas trabajado en tu vida laboral antes y después del 1 de octubre de 2023, ya sean a tiempo parcial o a tiempo completo, y te contarán lo mismo.

Eso sí. Recuerda que esta medida no afecta a las pensiones y prestaciones debidas a acontecimientos ocurridos antes del 1 de octubre de 2023; por ejemplo, el que se quedó viudo antes de esa fecha verá cómo se sigue usando el coeficiente de parcialidad para determinar su derecho a la pensión de viudedad.

¿Te han denegado una prestación o pensión a la que crees que tenías derecho? No te conformes sin más ni más.

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