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Tipo de interés legal y de demora para 2024

08 enero 2024
cuentas

Si Hacienda te debe dinero, tienes que tener en cuenta el interés legal y el tipo de interés de demora. Desgranamos los porcentajes fijados en ambos casos para el año 2024.

Intereses vigentes en el nuevo año

Según establece la Constitución Española, si la Ley de Presupuestos Generales del Estado no se aprueba antes del primer día del año, se prorrogan automáticamente los del ejercicio anterior hasta la aprobación de unos nuevos. Por lo tanto, hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos para 2024, se siguen aplicando el interés legal del dinero y de demora previstos para 2023.

El tipo de interés legal del dinero vigente para el año 2024, sigue siendo de momento el 3,25%, y el tipo de interés de demora el 4,0625%. Estas dos cifras se usan como referencia en varios cálculos y conviene tenerlas en cuenta.

A partir del interés legal se calcula la TAE máxima que pueden cobrar los bancos y cajas de ahorros por los descubiertos en cuenta corriente, incluidas las comisiones. Como esta TAE no puede ser superior a 2,5 veces el interés legal del dinero, en 2024 el interés máximo sigue establecido en el 8,125% TAE.

El tipo de interés de demora es el que Hacienda cobra al contribuyente si éste solicita el aplazamiento de una deuda tributaria o si recibe una paralela en la que tiene que pagar una cuota superior a la que declaró en su día. También es el que se paga al contribuyente si, por ejemplo, ha pagado de más y solicita la devolución de lo que le corresponde o si recibe la devolución del IRPF después del 30 de diciembre cuando el retraso deriva de causas ajenas al contribuyente.

En cualquier caso, si Hacienda te debe dinero, te resultará mucho más fácil calcular a cuánto ascienden los intereses de demora usando nuestra calculadora.

Calcula los intereses de demora