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Reclamación de los intereses de demora

01 junio 2016

Si por cualquier causa te retrasas en el pago de la cuota de tu préstamo personal, el banco te exigirá el pago de una comisión por "reclamación de posiciones deudoras", más el interés de demora calculado en función del número de días de retraso en el pago.

En muchos casos el tipo de interés de demora pactado en el contrato es muy elevado y lo empezó como un retraso acaba como un impago puro y simple.

Pero, ojo: el Tribunal Supremo, en una sentencia de 22 de abril de 2015, estableció que son abusivos los tipos de interés de demora que excedan de sumar dos puntos al interés remuneratorio pactado en el contrato del préstamo personal (cualquier préstamo en el que no haya una garantía concreta, como la casa cuando pides una hipoteca).

Por ejemplo, si tienes un préstamo al 6% de interés nominal anual no podrá ser superior al 8%.

Solo te pueden cobrar los intereses ordinarios

La sentencia del Tribunal Supremo dice que esa cláusula fijando un interés de demora abusivo debe suprimirse sin afectar al resto del contrato y solo te podrán exigir el pago de los intereses ordinarios.

En juicios por impago ya iniciados, los jueces deben seguir ese criterio de oficio.

OCU te ayuda a reclamar

Si el tipo de interés de demora que te aplican en caso de retraso en el pago del préstamo supera en dos puntos el tipo de interés de su préstamo, exige a tu entidad que modifique la liquidación, excluyendo los intereses de demora por nulidad de la cláusula. Lo más probable es que el banco no atienda a tus argumentos.

En este caso lo más práctico es pagar la liquidación presentada y reclamar por escrito, tanto la totalidad de los intereses de demora cobrados más el interés legal correspondiente a los mismos. Usa el modelo que te proponemos, rellenándolo con tus datos personales.

Reclama primero ante el defensor del cliente de la entidad y si la respuesta no es favorable, ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España.