Informe

Cláusula suelo: el Supremo pone en jaque el Estado de Derecho

27 mayo 2013
Cláusula suelo

El Tribunal Supremo riza el rizo de la ley y modifica el orden jurídico vigente en la sentencia sobre las cláusulas suelo. El resultado: los derechos de los consumidores relegados en beneficio de las entidades bancarias.

A pesar de que el Alto Tribunal declara abusivas estas cláusulas, los bancos no tendrán que devolver ni un euro de lo que han recibido por este concepto. La sentencia considera nulas las cláusulas suelo en los casos en los que el cliente no recibió información suficiente y el banco no fue trasparente. No obstante, el Supremo altera el orden jurídico al no admitir la devolución de las cantidades cobradas con carácter retroactivo.

Al considerar nulas las cláusulas suelo, los bancos deberían devolver el dinero que han cobrado a los usuarios por este concepto (que según nuestros cálculos oscila entre 6.000 y 8.000 euros).

Pero el Tribunal Supremo se ampara en el principio de “seguridad jurídica” para evitar que las entidades tengan que devolver el dinero.

 

Desahucios para los ciudadanos, condonación para los bancos

La OCU entiende que en este caso lo lícito, atendiendo al derecho de los consumidores, sería devolver el dinero a los afectados. Además, para evitar los “trastornos graves con trascendencia al orden público económico” a los que se refiere la sentencia, cabe la búsqueda de soluciones, tales como deducir la cantidad afectada del total del préstamo hipotecario restante (en lugar de reembolsarlo directamente en la cuenta de los afectados).

Cuando un usuario no paga una cuota de su préstamo se inicia un proceso legal que puede concluir con un desahucio. Sin embargo, si el banco es el que incumple se le perdona para no alterar el “orden público económico”. Según estas premisas, se atenta contra los principios de equidad e igualdad: desde ahora no todos somos iguales ante la ley.

Los bancos, además, podrán seguir utilizando las cláusulas suelo siempre que el consumidor manifieste por escrito que ha sido advertido de los riesgos que asume al recibir el préstamo hipotecario.

 

Peligroso precedente

Desde la OCU esperamos que esta sentencia no sea utilizada para zanjar de forma similar problemas sociales tan graves como el de las participaciones preferentes.

La responsabilidad social corporativa de las entidades bancarias está en entredicho por prácticas contrarias a la buena fe. La venta de participaciones preferentes a ahorradores sin perfil inversor (más del 80 % de afectados atendidos por la OCU supera los 65 años) o la aplicación de cláusulas suelo abusivas en los contratos hipotecarios, son algunos ejemplos de esta mala praxis. A día de hoy, los códigos de buenas prácticas de los bancos parecen solo papel mojado.

 

Modelos para reclamar las cláusulas suelo

  • Los clientes de BBVA, Nova Caixa Galicia o Cajamar deben dirigirse a su entidad solicitando que de manera inmediata dejen de aplicar la cláusula suelo de sus contratos, pues según el Supremo estas entidades debena “abstenerse de utilizarlas en lo sucesivo”. ¿Es tu caso? Usa este modelo.
  • Quienes tengan su hipoteca en otra entidad pueden presentar un escrito ante el servicio de atención o defensor del cliente citando la sentencia y alegando la falta de transparencia de su contrato. Si es tu caso, utiliza este modelo.