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Tres claves para ahorrar impuestos al heredar

14 mayo 2018
Ahorrar al heredar

Afinar en la valoración de los bienes, dividir la sociedad de gananciales con astucia y evitar la doble tributación son los principales aspectos que se deben tener en cuenta para no pagar de más. Te ofrecemos una estrategia en tres pasos para ahorrar impuestos al heredar (y después).

Cómo ahorrar el Impuesto de Sucesiones

Los consejos están dirigidos a todos los contribuyentes. Por un lado, a aquellos que viven en comunidades con altos impuestos de sucesiones, para que paguen menos, y por otro, a los que pagan poco, para que la cantidad que ahorran en ese impuesto, no tengan que pagarla en otros como el de la renta (que tocará pagar si los bienes recibidos en herencia se venden después) o la plusvalía municipal (que recae sobre los inmuebles urbanos cuyo valor ha aumentado durante el tiempo pasado en manos de quien los deja en herencia).

Cada comunidad es un mundo

Recuerda que la herencia se rige por las normas de la comunidad autónoma en la que más tiempo residiera el fallecido en sus últimos cinco años de vida, y que en los últimos tiempos muchas comunidades han aligerado el impuesto de sucesiones para las herencias entre padres e hijos y las herencias entre cónyuges, al menos si no sobrepasan cierta cuantía.

Entre los lugares donde heredar es barato se cuentan las comunidades donde se aplica una “bonificación” que cubre casi todo el impuesto, a saber: Canarias (un 99,99%),  Extremadura, MadridMurcia (un 99%), La Rioja (un 99% o 98%), Cantabria (100 % o 90 % según el caso) y Castilla-La Mancha (hay cinco porcentajes, de entre el 100 % y el 80 %).

En Cataluña hay una bonificación del 99 % para las herencias de hasta 100.000 euros, que va menguando hasta llegar a solo el 20 % para las herencias más cuantiosas, mientras que en la Comunidad Valenciana la bonificación general es del 50 % y la de los herederos menores de 21 años, del 75 %.

En el País Vasco se paga el 1,5% a partir de los 400.000 euros. En Baleares, se exige un 1% a las bases de hasta 700.000 euros, y a partir de ahí el gravamen sube hasta llegar al 20 % en el peor de los casos. En Navarra hasta 250.000 de base liquidable se tributa un 2%, a partir de ahí el tipo aumenta hasta llegar a un máximo del 16%. 

Por último, están las comunidades en las que la herencia no tributa hasta ciertos límites: Andalucía (hasta un millón de euros por barba), Galicia y Castilla y León (hasta 400.000), Asturias (hasta 300.000) y Aragón (donde el impuesto se endurece muy pronto, al heredarse más de 150.000 euros). En algunas de estas comunidades, la exención está condicionada a que el patrimonio preexistente del heredero no sobrepase unas cuantías determinadas.

Nuestra estrategia de ahorro para los herederos se basa en tres pasos:

Afinar al valorar los bienes

Dejando al margen factores correctores y bonificaciones, el Impuesto de Sucesiones es básicamente un porcentaje del valor de la herencia, que aumenta a medida que ésta es más valiosa. Es decir, en proporción, paga más una herencia grande que una pequeña. Por eso, la valoración de los bienes heredados puede influir mucho en el resultado.

Algunos bienes tienen el valor que objetivamente tuvieran al fallecer la persona que los deja en herencia: la cotización del día para las acciones, el saldo para las cuentas, etc. Sin embargo los bienes inmuebles, que muchos casos suponen el mayor valor de las herencias, no tienen un valor objetivo e indiscutible, sino que pueden valorarse por más o por menos sin pillarse los dedos. La ley exige que se declare el valor “real”, pero no puede concretar más, ya que el mercado es libre y cambiante. 

De ahí deriva que, dependiendo de la CCAA de residencia del fallecido, en algunos casos interese fijar el valor de los inmuebles al alza (sin despegarse del valor de mercado) y en otros interese fijarlo a la baja (atendiendo al valor asignado por la CCAA). Esta decisión tiene importantes consecuencias en el Impuesto de la Renta que se pague al vender los inmuebles heredados, porque cuanto más bajo sea el valor declarado en el impuesto de Sucesiones más IRPF se pagará.

Dividir la sociedad de gananciales con astucia

Ante una sociedad de gananciales, lo más importante es que el patrimonio se reparta en dos lotes de igual valor cada uno, adjudicando bienes determinados y no adjudicar todos los bienes por mitad, pues permitirá tomar decisiones que implican ahorro como adjudicar la vivienda al viudo o a la herencia dependiendo de la CCAA de residencia del fallecido, adjudicar a uno u otro cónyuge bienes con ganancias o con pérdidas…

Evitar la doble tributación

Por último, recordamos que, si el testamento prevé dejar al viudo el usufructo o bienes en plena propiedad, esto supondrá que éste tenga que pagar el impuesto de sucesiones al recibirlos y, cuando fallezca y se transmitan a los hijos, ellos deberán hacer lo propio, con lo que se habrá tributado dos veces por lo mismo.

Para OCU, lo más recomendable, por ser lo más práctico y económico, es que si es posible el viudo renuncie de forma “pura y simple”, de manera que la propiedad pase directamente a los hijos, aunque disfrute de ella en la práctica. ¡Ojo! Es crucial usar esa fórmula y no renunciar “en favor de”, lo que tiene otras implicaciones fiscales.