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Mi herencia, para hermanos, sobrinos, primos...

21 agosto 2023
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Porque no tienes herederos forzosos o simplemente porque te apetece, puede que quieras beneficiar con tus bienes a parientes laterales, o sea, hermanos, tíos, sobrinos, primos... Debes saber que las herencias a estos parientes "lejanos"pagan mucho impuesto de sucesiones a Hacienda. Te explicamos qué puedes hacer para que a los bienes no se los coman los impuestos.

Los parientes colaterales tributan mucho

Si tú dejas tus bienes en herencia, cada heredero puede pagar  a Hacienda una cantidad muy distinta por el impuesto de sucesiones, según vuestro parentesco y tu lugar de residencia.

Piensa que, llegado el momento, habrá que aplicar la normativa de la comunidad donde más días hayas residido en tus últimos 5 años de vida.

Por ejemplo, si siempre has vivido en Galicia y no tienes pensado mudarte a ninguna parte durante el resto de tu vida, tus herederos tendrán que pagar la versión gallega del impuesto de sucesiones. Eso suponiendo que tengan que pagar, ya que pueden ocurrir dos cosas:

  • Que la herencia quede exenta de pagar el impuesto de sucesiones porque su valor no sobrepasa el límite a partir del cual toca tributar.
  • Que haya que pagar el impuesto de sucesiones porque lo recibido sobrepasa dicho límite.

Pues bien, ese límite exento es mucho más alto para los herederos en línea recta hacia arriba o hacia abajo (hijos, nietos, padres, abuelos...) que para los herederos colaterales (hermanos, tíos, sobrinos, primos...).

Para que te hagas una idea, la cantidad exenta más alta que puede recibir un hijo dentro del territorio español es un millón de euros (con arreglo a la normativa de Andalucía o Galicia), mientras que la cantidad exenta más alta que puede recibir un hermano o un sobrino sobrepasa por poco los 38.000 euros (con arreglo a la normativa de Álava).

Además, todos los factores que intervienen en el cálculo del impuesto de sucesiones, suelen ser menos favorables para los parientes colaterales. Por ejemplo, no disfrutan de reducciones, deducciones o bonficaciones o al menos no tan jugosas como las que tienen los parientes en línea recta, y tienen tipos de gravamen más altos.

Conclusión: por la misma cantidad, pagará muchísimo más un hermano o un sobrino, que un hijo, un nieto, etc.

Por lo tanto, si no quieres que los impuestos se coman la herencia, tendrás que maniobrar un poco.

1. Gástatelo en compañía

De las tres estrategias que te proponemos aquí, esta es la más sencilla. Las otras exigen trámites, engorros, impuestos... Y dependiendo de cuánto patrimonio tengas, es probable que no merezcan la pena. Sin embargo, ¡siempre te puedes gastar el dinero en compañía de los parientes a los que quieres premiar! Llévatelos de viaje, ayúdales con sus estudios, paga bienes de consumo que necesiten, etc. En principio, todo regalo es una donación, pero Hacienda no suele perseguir esa clase de "liberalidades".

2. Múdate a una comunidad más benévola

Si tienes un patrimonio importante, facilidades para hacerlo y ganas, puedes establecere en una comunidad fiscalmente más benévola que la tuya. Por ejemplo, si tienes una segunda residencia bien situada.

Eso sí, aparte de las complicaciones obvias que supone mudarse piensa varias cosas:

  • Si te mudas in extremis y te mueres al poco, se aplicará la normativa de la comunidad de donde venías; en el destino tendrás que haber vivido al menos 2 años y 183 días para que tus herederos tengan derecho a aplicar la normativa de allí.
  • Estudia qué impuestos son más y menos favorables allí donde vas, porque a lo mejor te toca empezar a pagar Impuesto de Patrimonio y no sale a cuenta.
  • No finjas una mudanza: Hacienda lo persigue y al final podría no aplicarse la normativa que querías.

3. Dona con estrategia y con tiempo

Salvo en Canarias, donde suele ser más barato que los parientes lejanos hereden, puedes transmitir tus bienes con menos coste fiscal haciéndoles donaciones en vida.

Estas son las líneas generales de la estrategia:

  • Piensa que tus parientes pagarán  el impuesto de donaciones de la comunidad donde residan, salvo que les dones inmuebles, que se liquidan aparte, en la comunidad donde se sitúen.
  • Además, tienes que donar con tiempo y no in extremis, porque las donaciones hechas en los 4 años antes de morir no se consideran tales sino que se “acumulan” a la herencia y pagan el impuesto de sucesiones.
  • Recuerda también que el receptor de una donación puede hacer con ella lo que quiera; así que no dones a nadie que no sea de total confiaza y recuerda que, si se trata de inmuebles, siempre puedes donar la nuda propiedad y reservarte el usufructo, para seguir usándolos mientras vivas.

Tienes que cumplir dos objetivos:

1. Disminuir el porcentaje que se lleva Hacienda, es decir, el tipo de gravamen: piensa que el impuesto de donaciones es progresivo y paga más porcentaje una cantidad grande que tres cantidades menores que sumen lo mismo.

Para reducir el tipo de gravamen, hay tácticas:

  • No dones de golpe sino en fracciones, porque el total pagara menos impuesto de donaciones.
  • Entre una y otra donación, si son a la misma persona, deben pasar al menos 3 años y un día. Si no se acumulan y sube el tipo de gravamen.
  • Si tienes más de un favorito, mejor; cuanto más fragmentes el patrimonio, menor será el impuesto total.

2. No hacer donaciones que te obliguen a ti a pagar IRPF: piensa que cuando regalas algo, Hacienda lo trata como una venta y si lo que donas ha ganado valor mientras estuvo en tus manos, tendrás que pagar IRPF por la "ganancia", aunque no recibas nada a cambio.

Para no pagar IRPF o pagar muy poco, haz esto:

  • Dona dinero. Por las donaciones de dinero, no tienes que pagar IRPF.
  • No dones bienes que acumulen grandes ganancias, por ejemplo, una casa que tengas desde hace tiempo y se haya revalorizado mucho en tu poder.
  • No dones bienes que acumulan pérdidas, por ejemplo, unas acciones que siempre han estado cayendo; en este caso, Hacienda no trata la donación como una venta y no deja usar las pérdidas para hacer compensaciones fiscales. Es mejor que primero vendas el bien que acumula pérdidas, para poder materializarlas y usarlas para pagar menos IRPF, y a continuación dones el dinero obtenido.
  • Otro bien cuya donación no obliga a pagar IRPF es la vivienda habitual si tienes más de 65 años (y puedes donar solo la nuda propiedad para vivir allí sin riesgos).