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Antes de contratar...

15 mayo 2018
Publicidad engañosa

La publicidad engañosa es considerada ilícita y desleal ya que en la mayoría de los casos distorsiona el comportamiento económico del consumidor. Pero, ¿cuándo nos encontramos ante un supuesto de publicidad engañosa? Te contamos 10 ejemplos de prácticas comerciales desleales y las claves para actuar en estos casos: ante la duda, reclama

Hoy en día es normal recibir la llamada de una compañía eléctrica, de teléfono, etc. para ofertarnos un producto estrella a muy poco precio y que, además, lleva aparejado un regalo o un descuente muy atractivo. Lo contratamos, y cuál es nuestra sorpresa cuando, al recibir la factura, el precio facturado nada tiene que ver con lo publicitado. Por ello, es recomendable tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Que la oferta nos la envíen por escrito antes de contratar, a través de un medio suficientemente duradero (email, carta, etc.), para que, en caso de incumplimiento podamos exigir las condiciones ofrecidas. Las normas que regulan las ventas a distancia prevén el derecho del usuario a recibir esa información, por escrito y de forma clara antes de la contratación.
  • Si la oferta se realiza en un establecimiento físico, lee la letra pequeña y no firmes ningún documento si no está suficientemente claro en qué te compromete.
  • No contrates si se niegan a enviarte la información solicitada. Aunque la oferta sea muy atractiva, puede ser que al final no la respeten.
  • Examina si las condiciones de la oferta se mantienen durante un plazo determinado y también si se compromete a cumplir un periodo de permanencia, que en caso de incumplimiento, te obligue a pagar una penalización.

Al contratar...

Cuando vayas a contratar el servicio en cuestión, no olvides:

  • Antes de firmar, confirma que las condiciones de la oferta o lo contenido en la publicidad viene recogido en el contrato; en caso contrario exige que se refleje de una forma suficientemente clara.
  • Se debe conservar, tanto la publicidad como el contrato durante toda la vigencia del mismo.
  • Si el contrato se hace a distancia (por teléfono, internet…) exige una copia de la grabación efectuada o del contrato por escrito, o en un soporte duradero.
  • En caso de la negativa por parte del establecimiento, podrás formular una reclamación de modo que quede constancia de la misma (carta con acuse de recibo, burofax, etc.) o bien solicitando la hoja de reclamaciones