Informe

¿Chollo o publicidad engañosa?

15 mayo 2018
Publicidad engañosa

La publicidad engañosa es considerada ilícita y desleal ya que en la mayoría de los casos distorsiona el comportamiento económico del consumidor. Pero, ¿cuándo nos encontramos ante un supuesto de publicidad engañosa? Te contamos 10 ejemplos de prácticas comerciales desleales y las claves para actuar en estos casos: ante la duda, reclama

La publicidad se encuentra siempre presente en nuestra vida cotidiana, de hecho casi todas las normas protectoras del consumidor hacen mención a esta materia. La publicidad se encuentra regulada por la Ley General de Publicidad y la de Competencia Desleal, así como aquellas normas especiales que regulan determinadas actividades publicitarias.

Cuando un establecimiento o empresa nos hace una oferta, la misma constituye un elemento contractual que podemos hacer valer en cado de que luego ese empresario no lo quiera respetar. La ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuario señala que:

  • La oferta, promoción y publicidad de los bienes o servicios se ajustarán a su naturaleza, características, utilidad o finalidad y a las condiciones jurídicas o económicas de la contratación.
  • El contenido de la oferta, promoción o publicidad, las prestaciones propias de cada bien o servicio, las condiciones jurídicas o económicas y las garantías ofrecidas serán exigibles por los consumidores y usuarios, aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido, y deberán tenerse en cuenta en la determinación del principio de conformidad con el contrato.
  • No obstante, si el contrato celebrado contuviese cláusulas más beneficiosas, estas prevalecerán sobre el contenido de la oferta, promoción o publicidad.