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El IVA se ceba con los productos para celíacos

20 septiembre 2012

Desde el 1 de septiembre, todos hemos comenzado a notar los efectos de la subida del IVA en mayor o menor medida. Uno de los colectivos más castigados con esta subida es el de los celíacos, pues los productos destinados a ellos ya eran caros y ahora los precios de algunos de esos artículos, como el pan, se han disparado.

Desde el 1 de septiembre todos, en mayor o menor medida, hemos comenzado a notar los efectos de la subida del IVA, aunque para algunos colectivos, como el de los celíacos, esta medida tiene serias implicaciones.

El IVA productos para celiacos

Son muchos los productos para celíacos que han visto crecer su IVA del  8% al 10%. Los productos sin gluten, base de la dieta de cualquier celíaco, nunca han sido baratos, pero ahora el IVA de todos ellos ha aumentado 2 puntos.

La subida del IVA también afecta a lo que comemos. Entre los alimentos que siguen en el tipo superreducido de IVA (4%) están el pan blanco, la leche, los huevos, la fruta y la verdura, los cereales...

La Ley de IVA grava con el tipo superreducido el pan común y las harinas panificables. Así, para determinar qué es pan común, Hacienda aplica lo establecido en el Real Decreto 1137/1984, de 28 de marzo de reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, circulación y comercio del pan y de los panes especiales.

Esta norma distingue dos tipos de panes, el común y el especial:

  • El pan común es “el producto perecedero, de consumo habitual en el día, resultante de la cocción de una masa obtenida por la mezcla de harina de trigo, sal comestible y agua potable, fermentada por especies de microorganismos propias de la fermentación panaria”. Esta definición excluye cualquier pan hecho con otra harina, y por tanto el pan sin gluten.
  • El pan especial es “aquel que en su composición haya incorporado aditivos para panes especiales, haya utilizado como materia prima harina enriquecida...", y enumera como panes especiales: pan integral, pan de molde, pan con salvado (elaborado con harina a la que se añade salvado en una proporción mínima del 20%); panes en cuya elaboración se utilizan azúcares y leche; pan al gluten; pan tostado, etc.

 Subida del IVA celiacos

Por lo tanto, el único pan que tributa al 4% es el pan blanco de harina de trigo. Los restantes tipos de pan tributan al 10%, y entre ellos se encuentra el pan sin gluten.

Uno de cada 100 españoles es celiaco y solo puede controlar su enfermedad mediante una estricta dieta sin gluten.

La reciente subida del IVA supone ignorar sus necesidades y gravar su pan 6 puntos por encima del pan blanco.

En la OCU creemos que debería modificarse la norma porque los celiacos tienen derecho a que el pan sin gluten tenga los mismos impuestos que el del resto de ciudadanos, pues para ellos es el pan básico.