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Autoconsumo: más rápido y mayores comunidades

El Decreto de ahorro energético aprobado por el Gobierno el pasado agosto no se olvida del autoconsumo. Entre otras medidas introduce mejoras normativas que recogen algunas de las peticiones de OCU en este ámbito. Las nuevas normas agilizan los trámites y favorecen la formación de comunidades energéticas. El Decreto se tramitará como ley e introducirá algunas mejoras más, como la eliminación del límite de los 500 metros en instalaciones colectivas.

19 septiembre 2022
paneles solares para autoconsumo electrico

La crisis energética que estamos viviendo fomenta que muchos consumidores se planteen instalar sistemas que les permitan depender menos de la red eléctrica.

En este sentido, el autoconsumo se convierte en una opción es cada vez más interesante a medida que crecen los precios de la electricidad. Pero para que el autoconsumo termine de despegar y sea una alternativa de ahorro, hacen falta algunas mejoras administrativas y en la normativa como las que OCU ha planteado en su decálogo del autoconsumo. Lo bueno es que algunas de nuestras peticiones ya se han tenido en cuenta.

La nueva norma recoge medidas propuestas por OCU 

El 25 de agosto el Congreso aprobó el RD Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural, más conocido como decreto del ahorro energético.

Entre las medidas urgentes enfocadas a atajar la actual crisis energética, se incluyen algunas de las medidas ya reclamadas por OCU para el fomento del autoconsumo. En concreto, se ha abordado el acortamiento de los plazos, tanto para empezar la compensación de excedentes como para permanecer en el autoconsumo.

Acortar los trámites para empezar a compensar

  • Racionalización de los procedimientos administrativos de autoconsumo. El Real Decreto-ley establece un tiempo máximo de dos meses desde que se obtiene el certificado de instalación eléctrica (CIE) y las comunidades autónomas transmiten esa información a las distribuidoras hasta que se empiezan a compensar los excedentes vertidos a la red. Así, una vez que las comunidades autónomas ya han emitido la documentación correspondiente, si no se cumple ese plazo de dos meses, la empresa comercializadora tendrá que empezar a hacer un descuento automático en la factura eléctrica en concepto de "descuento por retardo en activación de autoconsumo", que será asumido por el distribuidor o por el comercializador. OCU ya solicitó un mayor control en los plazos, incluso con sanciones, para evitar que los consumidores no obtuviesen ningún beneficio por la energía que generan y vierten a la red, y también que la compensación se aplicara de forma retroactiva si había habido un retraso.
  • Revisión de la permanencia en la modalidad de autoconsumo. Si se optaba por el autoconsumo, hasta ahora el tiempo mínimo de permanencia era de un año. Con el cambio, pasará a ser de cuatro meses. La idea es poder realizar instalaciones de mayor tamaño que no sean exclusivas para la compensación de excedentes, sino que puedan participar de una forma más activa en el mercado eléctrico, vendiendo energía.

El proyecto de ley favorecerá las comunidades energéticas

Además de estas medidas incluidas en el Real Decreto, el Gobierno ha anunciado que lo va a tramitar como proyecto de ley en cuatro semanas. Ese proyecto de ley incluirá la eliminación del límite actual de 500 metros de separación como máximo entre la instalación que produce la electricidad y los puntos de consumo de energía. Esta era otra de las medidas reclamadas por OCU, pues es fundamental para favorecer la creación de comunidades energéticas que permitan un mayor aprovechamiento del recurso solar del que disponemos en nuestro país.

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