Noticia

Si tienes PVPC, ojo con las refacturaciones

30 junio 2016
bombilla monedas

Si tienes contratada la tarifa eléctrica de PVPC, tu factura de la luz te llegará con recargo. El Tribunal Supremo ha anulado la norma que fijaba el margen de comercialización y el Ministerio de Industria ha presentado un borrador que finalmente recoge una pequeña subida.

Para 12,4 millones de clientes que tienen contratada la tarifa de Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), la factura de la luz llegará con recargo. El Tribunal Supremo ha anulado la norma que marcaba el margen de comercialización e instaba al Ministerio de Industria a fijar un nuevo margen que implicará la refacturación de al menos 27 meses de facturas.

La CNMC realizó su propio informe, que suponía una subida de 4 euros al año por cada kWh contratado a 5,24 euros. Nada menos que un 31% de ingresos adicionales para las comercializadoras de referencia.

El borrador del  Ministerio de Industria reconoce unos gastos muy inferiores y su propuesta incluye un incremento máxiuo del 6%. Esta regularización sumará un total de 26 millones de euros, una media de 2 euro por suministro si los valores incluidos en el borrador se convierten en definitivos.

De esta regularización de facturas se librarán los clientes que no tienen la tarifa regulada PVPC y también quienes la hayan abandonado en el momento de la regularización.

Esta regularización es la antesala de una modificación en la forma de aplicar el margen de comercialización que se prevé que, además de incluir un importe fijo en función de los kW contratados, incluya también un pequeño recargo por el consumo realizado.

El margen de comercialización es el ingreso que se reconoce a las comercializadoras de referencia por su actividad de vender la energía con la tarifa PVPC.

La tarifa PVPC implica que la comercializadora tiene que aplicar a los clientes el precio que la luz tiene en el mercado mayorista a cada hora del día. Por lo tanto, en teoría su único ingreso para prestar el servicio sería ese margen de comercialización reconocido. La realidad es que las comercializadoras, si bien sí tienen que aplicar esos precios, pueden adquirir la energía mediante contratos bilaterales al precio que hayan pactado.