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Contrato de arras

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¿Vas a comprar o vender una vivienda? Te facilitamos un modelo de contrato de arras. Se trata de arras penitenciales, en las que se fija una cantidad que pagará el comprador y perderá si incumple el compromiso, o devolverá duplicadas el vendedor si no se realiza la compraventa por su culpa. 

Puedes usar este modelo como contrato de arras

Se trata de un contrato de arras penitenciales, las más comunes.

Estas arras hay que pactarlas expresamente en el documento, con referencia al artículo del código civil que las contempla, el 1454, que dice lo siguiente: “Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas.”

Por este compromiso, las partes deciden darse mutuamente la oportunidad de incumplir el contrato, fijando las consecuencias del incumplimiento si no se realiza en una determinada fecha:

  • Si es por culpa del comprador, este pierde la suma que había adelantado, es decir, pierde las arras.
  • Si es el vendedor quien incumple el compromiso de venta, está obligado a devolver al comprador el doble de esa cantidad.

Hay otros tipos de arras, las arras confirmatorias o las arras penales, menos frecuentes, en las que ambas partes pueden desistir de la compraventa a cambio de una penalización que se ha pactado y que no tiene porqué ser la suma adelantada ni su devolución doblada, sino que puede fijarse libremente entre comprador y vendedor.