Consejos

Qué hacer si aún no te ha devuelto Hacienda

05 noviembre 2018
señora

¿Pasan los meses y Hacienda aún no te ha devuelto tu dinero? Tranquilo. Tienen hasta el 31 de diciembre para hacerlo sin tener que pagarte intereses. A partir de ahí, deberán abonártelos. Infórmate.

Hacienda no me ha devuelto, ¿qué hacer? 

¿Tu declaración de Hacienda salió "a devolver" y todavía no has cobrado el dinero que te corresponde? Tranquilo, porque eso no quiere decir que te hayan retenido la declaración para hacer una inspección, ni que estén comprobando nada: lo más probable es que simplemente, como la de otros contribuyentes, tu devolución aún no haya sido tramitada.

Hacienda no me ha devuelto, ¿qué hacer?

Para aclarar las cosas

En cualquier caso, si quieres salir de dudas:

  • Puedes consultar el estado de la declaración en la web de la Agencia Tributaria dentro del apartado Renta 2017, seleccionando el enlace "Servicio de tramitación borrador o declaración (Renta WEB)". Puedes acceder mediante certificado electrónico, usando el PIN24H, o bien indicando, además de tu NIF, el número de referencia del borrador o declaración. Si has perdido el número de referencia, puedes solicitarlo de nuevo a través del enlace "Obtener Número de Referencia".
  • En función de tu situación, en el apartado "Estado de Tramitación" del expediente aparecerá el mensaje que corresponda, que puede ser: "Su declaración se está tramitando", "Su declaración está siendo comprobada", "Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted", etc. Cuando Hacienda haya comprobado que la declaración es correcta, aparecerá un mensaje indicando cuándo será emitida la devolución.
  • Si te descargaste la app móvil de la Agencia Tributaria, también podrás usarla para consultar fácilmente el estado de tu devolución desde tus dispositivos. 

Hacienda no me ha devuelto, ¿qué hacer?  

Si se pasan de plazo, pagarán intereses

La Agencia Estatal de Administración Tributaria tiene hasta seis meses de plazo, es decir, hasta el 31 de diciembre, para ordenar las devoluciones a favor de los contribuyentes.

Una vez pasado ese plazo, si todavía no te han devuelto por causas que no sean imputables a ti, tienes derecho a que Hacienda te pague los intereses de demora desde ese momento y hasta la fecha en que se ordene la devolución, sin necesidad de reclamarlo.

Si te devuelven después del 31 de diciembre, con posterioridad a la devolución deberás recibir una notificación de Hacienda informándote de los intereses que te corresponden.