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Caso Telegram: lo primero, defender los derechos

El derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información de quienes no han cometido ningún delito ni hacen nada contrario a la ley deben prevalecer por encima de otras consideraciones, pero a veces, medidas alentadas por una finalidad legítima pueden llegar a afectarlos. Es el caso del bloqueo a Telegram.

25 marzo 2024
telegram

Garantizar los derechos de usuarios

Si el bloqueo de Telegram ha sido noticia el fin de semana, y también lo es ahora la suspensión de esta medida cautelar. ¿Por qué se ha producido? Pues por las sospechas de los tribunales de que se pudieran estar cometiendo delitos. 

Precisamente, lo que se alegaba el pasado viernes para adoptar la medida cautelar de bloquear la conexión y suspender el funcionamiento de Telegram era la vulneración continuada de derechos de propiedad intelectual por los titulares de diversos canales creados en la red social de Telegram. Aun así, esta suspensión podría ser, a juicio de OCU, una medida desproporcionada. Más ajustado es solicitar un informe detallado sobre la plataforma, como se ha hecho ahora: por eso lo valoramos positivamente.

Libertad para informar y expresarse

Telegram ofrece diferentes funcionalidades y contenidos, de distinto tipo.

Desde OCU hemos detectado en ocasiones canales “sospechosos”, que hemos denunciado a la plataforma. Por ejemplo, hace solo unos días avisamos de la existencia de canales que incluyen enlaces en los que se insta a los participantes del canal a efectuar opiniones falsas en determinados productos que se venden a través de Amazon para así obtener gratis el producto promocionado, algo contrario a las normas y que dio como resultado el cierre de ese canal.

Pero una cosa es cerrar un canal, y otro bloquear el acceso a la plataforma. El bloqueo del acceso a las webs de carácter general e indiscriminado puede resultar excesivo a la luz de los Derechos Humanos, pues afecta también a contenidos lícitos protegidos por el derecho a la libertad de expresión del emisor y del receptor de la información.

No deben pagar justos por pecadores

Desde OCU recordamos que es ilegal el acceso a contenidos protegidos sin la autorización de su titular, y estamos de acuerdo en que las autoridades persigan las conductas ilícitas. El informe que ahora ha solicitado el Juez permitirá probablemente identificar problemas.

También solicitamos que las medidas que se tomen para salvaguardar los derechos de los usuarios e impedir la propagación del delito sean proporcionales y justificadas teniendo en cuenta los demás derechos e intereses que se verán afectados por ellas.