Actualizado el: 16/07/2020

cancelacion reserva alquiler vacacional agosto

buenas tardes

Queria formular una pregunta.

En fecha 20 de febrero de 2020, hice reserva, por internet,de alquiler de un apartamento vacacional, a una empresa que se dedica a arrendar apartamentos,que incluye la prestacion de servicio de uso de zonas comunes: piscinas, pista de padel, mini golf y animación infantil, en Cadiz,  para ir entre el 1 y el 15 de agosto.

Me puse en contacto con la empresa en fechas 3 y 13 de abril y solicite la cancelacióin de la reserva, ante la situación de la epidemia, y me dicen que si persiste el estado de alarma me mantienen la cantidad aportada que queda en depósito para una reserva ulterior (aunque no dicen hasta cuando). Es decir, que si en esas fechas no hay estado de alarma, ¿pierdo la reserva si no viajo?

Considero que lanormativa vigente, actualmente es el art 36.1 y 2 del RD 11/2020, que establecen que en el caso de que un servicio sea suspendido o no se pueda prestar a consecuencia de las medidas adoptadas por el estado de alarma, el usuario tiene derecho a resolver el contrato sin penalización en el plazo de 14 días a contar desde el fin del estado de alarma y, sin perjuicio de que el prestador del servicio pueda ofrecer una alternativa de prestación del servicio (fecha alternativa, un bono o vale sustitutorio, etc.). Si el usuario no acepta dicha alternativa propuesta, en el plazo máximo de 60 días, la empresa debe reembolsar los importes abonados en la misma forma en que se efectuó el pago, descontando los gastos ocasionados por el reembolso, siempre y cuando estén convenientemente desglosados y sin que, en ningún caso, supongan una penalización para el usuario. ¿podria acogerme a estos articulos para instar la resolucion del contrato y si me ofrecen vales y no los acepto, me tienen que devolver el dinero? ¿Qué medios tengo para recuperar la reserva?

Una vez finalizado el estado de alarma, ¿entra en vigor la normativa vigente en materia de consumidores y usuarios y la normativa especifica de Andalucia? Esta normativa dispone la posibilidad de instar la resolución del contrato sin penalización por causa de fuerza mayor (artículo 8.4 del Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos y de modificación del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos, que dispone que “De producirse una cancelación de la reserva, tanto por parte de persona usuaria como por parte de la persona o entidad explotadora, por motivos de fuerza mayor, debidamente justificada, no se podrá aplicar penalización alguna. Se entenderán motivos de fuerza mayor las circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.”.)

Por otra parte, considero que si en las fechas indicadas, del 1 al 15 de agosto, siendo muy probable que no se pueda hacer un uso libre de las zonas comunes: piscinas, jardines, parques del residencial, sino que haya restriccciones o imposibilidad de uso, e incluso se suspenda la animación infantil, siendo un servicio contratado junto con el alquiler (y ademasdeterminante de la elección de ese apartamento yno otros que no ofertaban estos servicios), ¿podría acogerme a una resolución por incumplimiento contractual por parte de la empresa ahora mismo o debo esperar a finalizar el estado de alarma?

¿Debería conestar al escrito de 4 de mayo rechazando el vale o bono que me ofertan y solicitando la devolución en un plazo no superior a 60 días que establece el RD 11/2020? Si no contesto, ¿se entiende que acepto el bono?

¿Tendría derecho a resolver el contrato, por incumplimiento por su parte, al no poder disfrutar, del mismo modo en que fue contratado ,del uso de las piscinas y zonas comunes y servicio de animación en las condiciones pactadas antes de la declaración del estado de alarma?

Si condicionan el bono a la vigencia del estado de alarma, en esas fechas, ¿no me queda otra que perder el dinero o que viajar sin hacer uso de las zonas comunes? ¿hay forma de reclamarlo?

 

Gracias

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1 Comentarios

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16/07/2020

Hola Rebeca, te recomendamos que te unas a nuestra camaña de afectados por cancelaciones para poder tener más información sobre cómo recuperar tu dinero y en apoyo de tus derechos como consumidor www.ocu.org/.../cancelacion-coronavirus también encontrarás un teléfono en donde podrán ayudarte. Un saludo