Actualizado el: 06/11/2023

COMPENSACIÓN DE EXCEDENTES TAMBIÉN A SEGUNDA VIVIENDA

Hola a todos,

A continuación incluyo el texto que he presentado a la OCU sobre instar a la administración (Ministerio de Transición Ecológica) a la ampliación de la compensación de excedentes, (en aquellos casos en que concurra esta circunstancia), a una segunda vivienda propiedad del mismo titular de una instalación FV acogida a la compensación simplificada de excedentes y realizada en una primera vivienda.

Agradecería vuestros comentarios y aportaciones si os parece interesante la propuesta.

"Buenas tardes,

El titular de una instalación fotovoltaica de autoconsumo realizada en su vivienda y acogida a la compensación simplificada de excedentes, y que disponga de una segunda vivienda respecto de la cual la citada instalación no cumpla los requisitos del RD 244/2019 necesarios para ser considerada "instalación de producción próxima a las de consumo y asociada a la misma", efectivamente no puede beneficiarse del autoconsumo en esta segunda vivienda.

Pero más allá de esta obviedad se plantean las siguientes cuestiones :

1) ¿Existe alguna razón por la que no pueda beneficiarse de la compensación simplificada de excedentes en esta segunda vivienda?. ¿Porqué el límite de compensación no se establece sobre el consumo de las dos viviendas y no sólo sobre el de aquella que acoge la instalación y en la que se produce el vertido de excedentes?.

2) ¿No es en cierto modo abusivo que tenga que pagar el concepto "coste de producción"  de la energía consumida en la segunda vivienda, aún cuando toda o parte de esa energía haya sido producida y vertida a la red por la instalación de la que es titular, aunque se encuentre en la primera vivienda?.

3) ¿No resulta casi ofensivo que el tándem comercializadora/distribuidora le facture esta energía a un precio que además de los correspondientes peajes también incluye unos costes de producción en los que, no sólo no han incurrido, sino que además han sido asumidos íntegramente por el propio titular de la instalación?.

4) ¿Sería posible iniciar desde OCU algún tipo de acción encaminada a instar la modificación del RD 244/2019 en la línea presentada en este escrito?."

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35 Comentarios

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06/11/2023

Si tienes segunda residencia ahora mismo hay muchas comercializadora con las que puedes compensar, Lumio, Próxima Energía... Lo único que tienes que ser el mismo titular si o si menos con Lumio, que puedes compartir tu energía con otro vivienda independientemente del titular.

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26/06/2023

Actualmente ya existen comercializadoras que te dan esta posibilidad, incluso Lumio te permite compartirla con otra vivienda sin ser el mismo titular.

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25/06/2023

Yo tengo dos contratos con Endesa, uno para mi vivienda habitual y otro para el garaje donde tengo un coche eléctrico, ambos del mismo titular. Lo lógico es que pudieras compensar tu sobrante y metérselo al contrato del coche. Por lo tanto, me río de tanto golpe de pecho por el "planeta", todo es mentira, lo único que pretenden salvar es su propio bolsillo. Lo siento, pero es que te pones a mirar alrededor y te das cuenta que todo una milonga.

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22/10/2022

Estoy de acuerdo 100% que al menos compensen los excedentes entre viviendas mismo titular.
Se ha tenido en cuenta en el reciente cambio normativo?
La Ocu no interviene reclamando este derecho?

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13/10/2022

Yo iría más lejos, ya que en la España rural y sobre todo vaciada, existen muchas viviendas que se están manteniendo en muchos casos por cuestiones sentimentales, casas u otras edificaciones que disponen de muchos tejados y de terrenos aledaños todo próximo a la Red de distribución del propio municipio, con amplitud suficiente para producir mucha más energía que la que se consuma, pues solamente visitaremos el pueblo algún fin de semana o puente y uno o dos meses en verano. Los excedentes, previo pago de los peajes pertinentes, pueden destinarse a compensar consumos en otras latitudes pertenecientes al mismo titular y, esta podía ser la novedad, del consorte, hijos, ascendientes o descendientes en primeros grados. Se trata de ayudar al mayor número de personas, y si el gobierno se opone por la repercusión fiscal que puede suponer, se podría aplicar el IVA por autoconsumo que en otros sectores se aplica. Por otra parte se evitaría la ocupación por los megaparques de tierras de labor, en muchos casos municipales, que en algunos casos se entregan en arriendo a labradores de la zona, lo que contribuiría al asentamiento de población.

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06/10/2022

Yo estoy en la misma situación: segunda residencia de verano, donde pondría los paneles, y primera residencia donde me gustaría compensar los excedentes de la segunda durante los nueve meses que prácticamente no estoy en la segunda. Iberdrola, que es con quien estoy ahora mismo, no permite la compensación entre residencias. Sí hay comercializadoras como Próxima Energía o Lidera Energía ( entre otras) que sí lo hacen. Pero claro, con tarifas del mercado "salvaje" de la electricidad. Hasta me daría igual porque en invierno se van a compensar excedentes al mismo precio que te cuesta la energía, por ejemplo, pero al obligarte a tener la otra residencia con ellos y no tener unas tarifas "asequibles" con las que contratar en esa primera residencia, lo que compenses se lo van a comer los consumos de invierno a precios desorbitados e imprevisibles. Creo que se debería obligar por ley, a todas las comercializadoras, estas compensaciones de dos viviendas del mismo titular y luego que sean las ellas las que se peleen por el pastel. Son consumos de un mismo titular, con una misma comercializadora. Al final hablamos de un único consumo.

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15/09/2022

Que comervializadoras d'An està posibilidad de compensar la energia FV entre dos viviendas

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14/08/2022

¿Existe la posibilidad en alguna cía. compensar el excedente de energía producida en una segunda vivienda co tejado, más sol, pero con menos consumo (al utilizarse menos meses del año), tratándose de dos contratos con la misma comercializados?

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15/08/2022
, ha respondido:

Siempre que este el contrato de la segunda vivienda a nombre del mismo titular del de la vivienda dónde se generan los excedentes, existe, yo lo tengo contratado con Próxima Energia

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03/07/2022

Yo también estoy interesado en que se recoja la segunda vivienda si es el mismo titular.

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03/07/2022
, ha respondido:

Tanto Próxima Energia, cómo Lidera Energia te compensan la segunda vivienda, siempre que sea del mismo titular.

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03/07/2022
, ha respondido:

Hola V.D G.E,

Mira si te puede interesar CYE Energía.

No compensan los excedentes con el consumo de una segunda vivienda, pero los que no se compensan en la propia factura debido al límite, los acumulan en un "monedero virtual", similar a la batería virtual de otras comercializadoras.

Pero a diferencia de estas otras, sus comisiones son de solo 3,99 €/mes más 0,001€/kWh por los excedentes, es decir, si el valor de la compensación según mercado OMIE es de 0,150€/kWh, te valorarían el excedente a 0,149€/kWh.

Comparado con otras similares que también ofertan estas baterías virtuales, es bastante más rentable (algunas de las otras salían incluso más caras que el PVPC).

Yo estoy con ellos desde el 18 de junio (antes estaba en PVPC), y esperaré a las primeras facturas para detectar si hay gato encerrado, pero si no es así, el efecto práctico sería similar a compensar en la segunda vivienda, ya que de lo que se trata es de no regalar excedentes a las eléctricas, aunque me los compensen a lo largo del año.

Un saludo

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17/08/2022
, ha respondido:

Muy buenas, he seguido unos cuantos hilos de tus conversaciones y he visto que te has cambiado a CYE en Junio, como te va?, tienes alguna factura ya? Te pregunto porque yo me cambié a la regulada energía XXI el 6 de junio y todavía no me ha llegado ninguna factura. Además la atención al cliente es pésima por no decir otra cosa y hay veces que es desesperante, la distribuidora que es UFD no me muestra los datos de mi consumo ni de mi producción (tengo placas) y entre ellas me andan mareando. Estoy pensando en cambiar aunque solo sea por la atencion al cliente. Si eres tan amable de comentarme que tal te está yendo con CYE te lo agradecería.

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17/08/2022
, ha respondido:

Hola R G.M,

En principio puede parecer más caro que el mercado regulado, porque tienes que pagar por su gestión y que son 3,99 €/mes (aunque según he leído la podrían haber subido últimamente a 4,99 €/mes).

Pero me decidí a cambiar porque a partir de setiembre u octubre iban a implantar el “monedero virtual”, aunque con carácter retroactivo desde el 1 de julio, y haciendo números, me compensaba al recuperar todos mis excedentes vertidos y no compensados.

Hasta ahora solo he recibido la factura del 18 al 30 de junio, en la que, como aún no aplican el monedero, ha salido, lógicamente, un poco más cara que si hubiese seguido con el mercado regulado (9,91 € de CYE frente a 4,96 € del m. regulado), al incluir los gastos de gestión como te decía.

En cuanto reciba la de julio te comento, pero te adelanto que las primeras impresiones son bastante buenas, la factura es muy clara y detallada, no hay conceptos extraños, y la atención, incluso la telefónica, es muy rápida y casi familiar, por lo menos hasta ahora.

Un saludo

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19/08/2022
, ha respondido:

Hola de nuevo R G.M,

Ya he recibido la factura de julio por importe de 6,15 € (en el mercado regulado habría pagado 11,63 €). Además, teóricamente he acumulado 33,25 € en el monedero virtual porque el valor de mis excedentes era superior al importe de los conceptos que compensan (término fijo o potencia, y variable o energía consumida).

Considerando que tengo más excedentes de los que compensan en el mercado regulado, durante 6 meses al año, de mayo a octubre, y que solo con los de el mes de julio ya cubro casi 8 meses de sus gastos de gestión, parece que me compensa.

Aún los tengo en "cuarentena", hasta que ver qué pasa cuando implanten efectivamente el monedero virtual (hasta setiembre u octubre no estaría operativo), y ver si realmente me cargan en él los 33,25 € y no cobran más comisiones por este concepto, o si las cobran, que siga siendo rentable y no se coman el beneficio esperado.

Un saludo


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14/10/2022
, ha respondido:

Hola buenas, te ha llegado la factura de agosto o septiembre? Te han compensado esos 33.25€ que tenias pendiente? Un saludo

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14/10/2022
, ha respondido:

Hola C A,

Aún los tengo en cuarentena porque no la tendrían en funcionamiento hasta setiembre u octubre, según me dijeron.

Estoy pendiente de la factura de septiembre pero me supongo que aún es pronto y que aún no se verá reflejado en ella.

Si la empiezan a reflejar en la factura de octubre, hasta la de noviembre no lo podré comprobar.

Eso si no se retrasan.

Un saludo

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22/10/2022
, ha respondido:

Hola de nuevo R G.M,

He recibido la factura de setiembre de 2022 y ya reflejan en ella los excedentes no compensados y acumulados en el monedero solar.

Desde el 18 de junio, que contraté con ellos, y hasta el 30 de septiembre, he ahorrado respecto al mercado regulado, en el que estaba anteriormente, 7,09 € (impuestos incluidos).

No parece mucho pero hay que tener en cuenta que este ahorro se produce después de pagar la comisión por gestión de 3,99 €/mes,

Además, he acumulado en el monedero solar 37,11 €, que cuando me los compensen en las próximas facturas, supondrán un ahorro efectivo de 39,16 € al considerar el 0,5% de impuesto eléctrico y el 5% de IVA.

Por tanto he de decir que estoy francamente contento de haber cambiado a esta comercializadora.

Un saludo

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08/06/2022

¿Es posible instalar las placas en el campo en el que tengo mi segunda vivienda y que la energía que produzcan se aplique a mi primera vivienda?

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09/06/2022
, ha respondido:

Si, yo lo tengo con esta comercializadora:

www.proximaenergia.com/

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15/09/2022
, ha respondido:

No entiendo como en el mes de julio la energía estaba más barata que en agosto y los excedentes me lo han pagado más baratos en Agosto que en Julio. Según ellos lo pagaban a precio de coste menos una pequeña merma. Como sigan así me cambio a Factor Energia

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08/03/2022

Estoy de acuerdo en que los que tenga una segunda residencia pudiera beneficiarse de las dos.
yo creo que esto seria bueno para todos y fomentaría mas el autoconsumo, que la OCU luche por esto.

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24/09/2021

Desconozco el porque es diferente el precio del Kw consumido, al del Kw no utilizado y vertido de una instalación fotovoltaica.

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24/09/2021
, ha respondido:

Hola JOSE LORENZO,

Cuando pagas tu consumo, no sólo pagas el coste de producción sino también unos costes de mantenimiento de la red e infraestructuras necesarios para que llegue la energía a tu casa (peajes), que recauda REE, y unos "impuestos" del gobierno para atender conceptos como retribución a renovables, anualidades del déficit, etc (cargos), que recauda el gobierno.

No tendría sentido que te los pagasen a tí.

Realmente, la diferencia entre lo que pagas por el coste de la energía que consumes y el precio al que te compensan el excedente es de apenas 0,02 €/kWh.

Lo que tenemos que reclamar es que el balance neto sea anual y no horario, y mientras esto no llegue, que al menos el límite de la compensación venga dado por los consumos de todas las viviendas propiedad del titular de la instalación (si tiene más de una), y no sólo del de aquella en la que se sitúa la instalación.

Un saludo

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29/09/2021
, ha respondido:

Muchas gracias por tu información.

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22/09/2021

Apoyo totalmente esta posibilidad, ya que pagan los excedentes a muy bajo precio y además no pagan mas de lo consumido,veo muy bien poder compensar el excedente con el consumo de una segunda residencia. Cuando estas en la segunda residencia, en mi caso casi tres meses, estos regalando un montón de Kws. que no te compensan. Espero que la OCU tome nota de esta posibilidad.

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21/09/2021

Muy buen planteamiento. Sera interesante analizar ésta posibilidad.

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12/09/2021

Saludos.
Comparto la misma opinión de Pedro Antonio.
Hace pocos días que he consultado con mi comercializadora el caso y me he quedado de piedra cuando me han informado de que no es posible vincular los consumos de una y otra vivienda. E incluso, considero posible la anexión de otros familiares directos. Yo creo que la ubicación de mi segunda vivienda podría tener efectos positivos para todos.

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13/09/2021
, ha respondido:

Lo de los familiares, por muy directos que sean, no lo acabo de ver.

En cambio, si las viviendas son propiedad del titular de la instalación lo veo más que lógico.

Es más, que no se consideren para la compensación todos los consumos de todas las viviendas de su propiedad me parece un atraco.

Respuesta útil
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08/09/2021
Respuesta útil

Totalmente de acuerdo con Pedro Antonio. De lógica aplastante, siendo el mismo titular de la instalación fotovoltaica, igual que se beneficia de una vivienda, se debe de beneficiar de la segunda también. El excedente va a la misma red. OCU tomen nota!!

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09/09/2021
, ha respondido:

Muchas gracias OSCAR GIL!

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07/08/2021

Hola PEDRO ANTONIO,

Supongo que lo que quieres decir es que para cuándo en el caso de instalaciones de autoconsumo con excedentes acogidas a la compensación simplificada, se calculará el límite de esta en función de los consumos de todas las viviendas propiedad del mismo titular de la instalación y de las que también sea el titular del contrato para el suministro eléctrico con la comercializadora correspondiente.

Si es así estoy completamente de acuerdo contigo. Entiendo que la compensación debería aplicarse en último extremo y sobre el excedente después de que el titular se haya beneficiado del último kWh del que se pueda beneficiar, ya sea en su casa habitual de Cuenca o en la de veraneo en Santa Pola.

A ver si desde OCU cogen el guante !

Saludos

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08/08/2021
, ha respondido:

Hola ROSA,

Es exactamente lo que quería decir.

Supongamos que en tu vivienda de Cuenca, donde tienes la instalación de autoconsumo, tienes un determinado mes los siguientes datos :
* Valoración de excedentes 19 €
* Coste de la energía consumida 6 €
* Compensación 6 €
* Vertido no compensado 13 €

Ahora supongamos que en Santa Pola tienes, el mismo mes, un Coste de energía consumida de 11 €.

Mi propuesta para la factura de Cuenca es la siguiente :
* Valoración de excedentes 19 €
* Coste de la energía consumida 6 + 11 = 17 €
* Compensación 17 €
* Vertido no compensado 2 €

Por supuesto, esto no afectaría a la factura de Santa Pola que seguiría exactamente igual.

Un saludo

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04/09/2022
, ha respondido:

Buenas soy nuevo en el foro, no pretendo contestar a P.A.M.V.

Quisiera saber si alguien tiene paneles solares en su segunda vivienda y se beneficia en la primera vivienda.

Nosotros solemos estar 4 meses del año en esta segunda vivienda y el resto el la primera .

Los excedentes van a ser muy altos pues.aunque estos se produzcan de octubre a mayo, prácticamente toda la producción va a ir a la red.

Alguno se encuentra en una situación similar, lo digo por saber que tal la experiencia.

Gracias.

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04/09/2022
, ha respondido:

Yo los tengo instalados en la primera vivienda, pero los excedentes que me sobran sobre todo en los meses de verano me sirven para pagar los de la segunda residencia, es decir lo mismo que tú planteas pero al revés

En la web www.proximaenergia.com/ tienes toda la información al respecto, yo estoy con ellos y muy contento con la batería virtual.