Alquiler de vivienda y consumidores vulnerables
El acceso a la vivienda es un problema recurrente. Y la inflación y la carestía de la vida no hacen sino agravar la situación a la que se enfrentan miles de hogares en nuestro país, especialmente los más vulnerables. Desde OCU, con el apoyo del Ministerio de Consumo, facilitamos información sobre las ayudas, directas o indirectas para alquiler de vivienda.
¿Cuáles son las ayudas disponibles para alquiler?
El derecho a una vivienda digna es algo básicp, pero lo cierto es que los elevados precios de los alquileres hacen que muchos usuarios no puedan acceder a una vivienda.
Los usuarios más vulnerables pueden disponer de una serie de ayudas que les faciliten el acceso al alquiler, pero es importante estar informados de los límites y requisitos para poder disfrutar de ellas, las condiciones para mantenerlas y, como no, tener claros los derechos que les asisten y las obligaciones que asumen.
Aquí encontrarás información sobre las distintas ayudas, tanto directas, como deducciones fiscales.
Ayudas directa a los alquileres
Cada CC.AA. establece una serie de ayudas al alquiler de vivienda o habitaciones como residencia habitual. En ellas se define el colectivo que puede optar a las ayudas, cuál es su importe y las condiciones o requisitos para acceder a ellas: los límites de ingresos de la unidad familiar o la renta máxima mensual para poder optar, en principio no ser propietario de otra vivienda, etc.
Hay ayudas específicas para inquilinos en situación vulnerable, también municipales: se recomienda acudir a los servicios sociales e inscribirse en el registro autonómico de solicitantes de vivienda protegida, y sobre todo mantenerse muy atento a las convocatorias.
También hay ayudas para jóvenes, a través del Bono Joven del alquiler. Es una ayuda que tramitan las CC.AA., normalmente para jóvenes de hasta 35 años a los que se dan 250 euros mensuales para el pago del alquiler de su vivienda por un plazo máximo de dos años.
- Para disfrutarla las rentas de trabajo deben ser inferiores a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) referido a 14 pagas.
- La renta mensual no debe superar 600 euros (300 para una habitación), aunque la respectiva comunidad puede aumentar ese límite hasta 900 euros en determinados municipios (450 para habitaciones).
Te animamos a informarte de las convocatorias en tu comunidad autónoma.
AYUDAS AUTONÓMICAS POR ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL 2023 | ||||
CC.AA. | Beneficiario | Límite de ingresos (1) | Importe de ayuda (% de renta alquiler) | Límite alquiler mensual (euros) |
Asturias | Inquilinos con límite de ingresos | < 3 veces IPREM | 50% | 600 |
Baleares | Inquilinos con límite de ingresos | < 3 veces IPREM | 50% lím. 3.000 año | 900 |
Cantabria | Colectivos vulnerables con alquiler calificado como protegido | < 3 veces IPREM | 40% | 500 |
Castilla y León | Inquilinos con límite de ingresos | entre 0,5 y 3 IPREM | 50%, jóvenes 60%, zonas despobladas 75% |
550 en 5 capitales |
C. Valenciana | Inquilinos con límites de ingresos. Prioridad según vulnerabildad | entre 0,3 y 3 IPREM | 40-50% | Valencia 770 Alicante y Castellón 680 Familias numerosas 900 |
Galicia | Bono alquiler social: situaciones de gran dificultad | 1,5 IPREM según nº de miembros | 100% | 550 en las capitales |
La Rioja | Inquilinos menores de 36 años | < 3 veces IPREM | 60% | 600 |
Familia numerosa Personas con discapacidad Víctimas |
40% | |||
C. Madrid | Colectivos vulnerables y <36 años | < 3 veces IPREM | 50% | Hasta 900 en ciertos municipios |
País Vasco | Entre 18 y 35 años | De 3.000 a 25.921 | 60% (lím. 300 € mes) | 800 en las capitales |
C. F. Navarra | Emanzipa: edad >23<32 | De 3.000 a 20.000, 30.000 si más de 1 persona | 50% (lim. 250 € mes) | 675 |
Familias con escasos ingresos | 3.000 <16.825 según nº de miembros | 50% (lím. 300 € mes) | 675 |
Deducciones en IRPF por alquiler
Otro tipo de ayudas son más "indirectas": es el caso de las deducciones fiscales.
Ayudas a inquilinos
Desde 2015 no hay una deducción estatal por alquiler de vivienda habitual, pero sí hay bastantes comunidades autónomas que prevén deducciones en el tramo autonómico del IRPF para determinados inquilinos.
Normalmente pueden acceder a las deducciones autonomicas diversos colectivos considerados especialmente "vulnerables": los jóvenes, las familias monoparentales, las familias numerosas, los mayores de 65 años, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o habitantes de zonas con riesgo de despoblación.
DEDUCCIONES AUTONÓMICAS EN IRPF POR ALQUILER 2023 | ||||
CCAA | Quién se deduce | Límite de ingresos de unidad familiar (I, individual, C, conjunta) | % del alquiler a deducir | Límite anual deducción (euros) |
Andalucía | Menores de 35 Mayores de 65 años Víctimas de violencia y terrorismo |
I: 25.000 – C: 30.000 | 15% | 600 |
Asturias | Inquilinos en general | I: 26.000 - C: 37.000 | 10% | 500 |
Concejo riesgo de despoblación | I: 35.000 – C: 45.000 | 20% | 1.000 | |
Baleares | Menores de 36 años Minusvalía física 65% o psíquica 33% Familia numerosa o monoparental Ayuda por traslado laboral temporal inter-islas |
I: 33.000 – C: 52.800 | 15% | 440 |
Canarias | Inquilino | I: 22.000 - C: 33.000 | 24% | 720 |
Cantabria | Menores de 35 años Mayores de 65 años Personas con discapacidad 65% |
I: 22.946 – C: 31.485 | 10% | 300 (I) /600 (C) |
Inquilinos en zonas riesgo despoblamiento | 20% | 600 (I) /1.200 (C) | ||
Castilla-La Mancha | Menos de 36 años, Familias numerosas y monoparentales Personas con discapacidad 65% |
I: 12.500 – C: 25.000 | 15% | 450 |
Menores de 36 años en municipios poco poblados | 20% | 612 | ||
Castilla y León | Menores de 36 años | I: 18.900 - C: 31.500 | 20% | 459 |
Municipios poco poblados | 25% | 612 | ||
Cataluña | Menores de 33 años Parados Personas con discapacidad 65% Viudos a partir de 65 años |
I: 20.000 – C: 30.000 | 10% | 300 o 600 (C) |
Comunidad Valenciana | Inquilinos en general | I: 30.000 – C: 47.000 | 20% | 800 |
Menores 36 años Personas con discapacidad Víctimas |
25% | 950 | ||
Si reúne dos de anteriores | 30% | 1.100 | ||
Alquiler por traslado laboral (compatible) | 10% | 224 | ||
Extremadura | Menores de 36 años Familia numerosa o monoparental Discapacidad 65% |
I: 28.000 – C: 45.000 | 30% | 1.000 (1.500 despoblados) |
Galicia | Menores de 36 años | 22.000 | 10% | 300 |
Menores de 36 con dos o más hijos menores | 20% | 600 | ||
Menores de 36 con discapacidad 33% | 40% | 1.200 | ||
La Rioja | Menores de 36 años | I: 18.030 – C: 30.050 | 10% | 300 |
Menores de 36 en pequeños municipios | 1.800 € base de ahorro | 20% | 400 | |
C. Madrid | Menores de 35 años | I: 25.620 – C: 36.200 | 30% | 1.200 |
Menores de 40 en paro con 2 ascendientes o descendientes a cargo | ||||
R. Murcia | Menores de 35 años Familia numerosa o monoparental Discapacidad del 65% |
24.380 | 10% | 300 |
1.800 € base de ahorro | ||||
País Vasco | Inquilinos | No fijado | 20% | 1.600 |
Familia numerosa | 25% | 2.000 | ||
Menores de 30 | 30% | 2.400 | ||
Comunidad Foral de Navarra | Inquilinos | I: 30.000 – C: 60.000 | 15% | 1.200 |
Menores de 30 años Familia monoparental |
20% | 1.500 |
¿Y los arrendadores?
Los arrendadores, por su parte, también pueden tener deducciones. Hay comunidades autónomas que prevén deducciones en IRPF para ciertos gastos del arrendador, pero son menos generalizadas:
- Por ejemplo, Aragón prevé una deducción del 30% para el propietario ceda una vivienda al Plan autonómico de Vivienda Social.
- Canarias deduce parte del seguro de impago de rentas y Baleares hace lo mismo y añado el gasto de mejora en eficiencia energética.
- La Comunidad Valenciana deduce 5% rendimientos íntegros alquiler iniciado ese año (máx. 3.300 €).
- Madrid un 10% de los gastos iniciales del alquiler