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Estudio de cremas solares: reacción de OCU ante la decisión de la AEMPS
22 mar. 2024La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) se felicita de la rápida actuación por parte de la Agencia Española del Medicamento y Producto Sanitario (AEMPS) que ha ordenado la retirada del mercado y el cese de su comercialización de 3 productos y el cese de la comercialización de otros 3 de los denunciados por OCU por incumplir el etiquetado al anunciar una protección SPF mayor de la que realmente tienen.
A raíz de la denuncia de OCU que tiene su origen en un estudio internacional sobre cremas faciales solares, la AEMPS ha tomado una serie de medidas ante los incumplimientos detectados en el etiquetado de estos productos.
Las marcas y lotes afectadas por la retirada y la suspensión de comercialización son:
NIVEA SUN Protección facial Sensitive SPF 50.
Cesar la comercialización del lote 32032276
LANCASTER Sun Sensitive Oil-Free Milky Fluid SPF 50.
Cesar la comercialización del lote 3157
PIZ BUIN Hydro Infusion Sun Gel Cream Face SPF 50.
Cesar la comercialización del lote 1362V A
RITUALS Invisible Sun Protection Face Cream SPF 50+.
Cesar la comercialización del producto y retirar del mercado el lote 0832913
VICHY Capital Soleil Crème Onctueuse Protectrice SPF 50+.
Cesar la comercialización del producto y retirar del mercado el lote 54X200
BIOTHERM Waterlover Face Sunscreen SPF 50+.
Cesar la comercialización del producto y retirar del mercado el lote 40X300
Ante esta situación OCU recuerda a los consumidores que ha adquirido los productos retirados que pueden acudir al punto de venta para solicitar la devolución del dinero. OCU exige a las empresas afectadas (Rituals Cosmetics, Vichy y Biotherm) que habiliten los mecanismos necesarios para facilitar el ejercicio del derecho de los consumidores a la devolución del dinero.
Respecto de los productos cuya comercialización ha quedado suspendida (Lancaster, Piz Buin y Nivea Sun), OCU recomienda a los consumidores que han adquirido un producto de los lotes afectados que dejen de usarlo si lo que quieren es una protección SPF 50.
No obstante, en el caso de ISDN, OCU pide a la AEMPS que lleve a cabo de manera rápida sus propios análisis y que, de acuerdo con los resultados de los mismos, tome la decisión que estime oportuna. OCU también pide a la Agencia que sancione adecuadamente los incumplimientos del etiquetado por parte de las empresas afectadas.
Con este estudio, OCU contribuye a la mejora del mercado y que los consumidores dispongan de productos seguros y eficaces y agradece la confianza de sus socios, que permiten llevar a cabo investigaciones de esta naturaleza que redundan en beneficio de todos los consumidores.
Esta información ha sido elaborada por un equipo de profesionales sanitarios, nutricionistas, tecnólogos de los alimentos, estadísticos, editores y diseñadores de OCU que, en colaboración con laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de salud y alimentación. Su trabajo se sustenta en los principios de la evidencia científica, la calidad, la eficiencia y la sostenibilidad, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus más de 190.000 socios activos.
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