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Huelga de controladores: OCU recuerda el derecho al reembolso del billete y a una compensación

25 abr. 2024
  • La compensación puede sumar hasta 600 € por pasajero según la distancia del vuelo. Y puede acompañarse de una solicitud de indemnización por los perjuicios causados. Todo ello debe solicitarse por escrito a la compañía aérea; y si no contestara afirmativamente, a la AESA.
  • OCU insta a las aerolíneas a que efectúen el pago de los importes correspondientes de manera voluntaria y no obligue a los consumidores a iniciar una mediación o a ir a juicio.
  • Información ampliada sobre qué hacer en caso de cancelación del vuelo.

Ante la huelga de los controladores aéreos franceses, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda a los viajeros afectados que, además de su derecho al reembolso del precio del billete (que deberá realizarse en un plazo máximo de siete días), pueden reclamar una compensación adicional según la distancia y el ofrecimiento o no de un vuelo alternativo:

 

Vuelo de hasta 1.500 km: 250 euros (125 euros si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 2 horas).

Vuelo de entre 1.500 y 3.500 km (o vuelo dentro de la UE de más de 1.500 km): 400 euros (200 si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 3 horas).

Vuelo de 3.500 km o más que salga fuera de la UE: 600 euros (300 euros si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 4 horas).

 

El pasajero tiene derecho, además, a una indemnización por los perjuicios causados que se puedan demostrar. Por ejemplo, la pérdida de otro vuelo ya contratado que estuviera vinculado al primero.

OCU recuerda que la solicitud del reembolso, la compensación y cualquier otra indemnización debe dirigirse a la compañía aérea con la que contrató el viaje. Y en caso de que no respondiera afirmativamente, a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

 

Los usuarios afectados pueden comprobar la situación del vuelo en la página web de la compañía o de AENA, antes de desplazarse al aeropuerto correspondiente. Además, cualquier compensación o indemnización hay que solicitarla por escrito, directamente a la aerolínea, a través de su página web o en el mostrador del aeropuerto, dejando constancia de las circunstancias y la fecha, o bien a través de la agencia de viajes o la plataforma a través de la que se pagó el servicio.

 

Ante esta situación, la Organización espera que no se repita el escenario del habitual de reticencia de las compañías a pagar de manera voluntaria a los pasajeros afectados.

 

En todo caso, OCU luchará por defender los intereses de los afectados, tal y como hizo hace cinco años, ante la pasividad de Ryanair, que tuvo que presentar una acción colectiva en representación de los viajeros afectados, resultando posteriormente, que, en sede judicial, la aerolínea ha reconocido las cantidades reclamadas en su práctica totalidad.

 

Esta información ha sido elaborada por un equipo de ingenieros, economistas, abogados, estadísticos, editores y diseñadores de OCU que, en colaboración con laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, eficiencia y sostenibilidad, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus más de 190.000 socios activos.

 

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