Desde OCU deseamos informarte que nuestra página web utiliza cookies propias y de terceros para medir y analizar la navegación de nuestros usuarios con el fin de poder ofrecerte productos y servicios de tu interés. Mediante el uso de nuestro sitio web aceptas esta Política y consientes el uso de cookies. Puedes cambiar la configuración u obtener más información consultando aquí.

Derechos del consumidor

OCU da una serie de recomendaciones para reclamar en caso de daños por tormentas e inundaciones

27 ago. 2019

Las tormentas, como consecuencia de la DANA, están afectando estos días a diversas localidades españolas, causando graves daños e inundaciones en algunas zonas. Para los ciudadanos particulares, las lluvias provocan en algunos casos daños en sus vehículos o viviendas.

OCU recuerda que, en el caso de riesgos extraordinarios causados por fenómenos de la naturaleza u otros de origen político o social poco frecuentes y muy destructivos, el Consorcio de Compensación de Seguros se hace cargo de las indemnizaciones para los vehículos y viviendas, siempre que estén asegurados.

Por eso, en caso de sufrir un siniestro extraordinario, y siempre que esté asegurado, OCU recomienda, además de comunicarlo a la aseguradora, ponerlo en conocimiento del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) lo antes posible, aunque recuerda que este no cubre todos los riesgos, aplica periodos de carencia (por ejemplo en determinados casos 7 días desde vigencia de la primera póliza o de las siguientes si hay periodos entre medias sin cobertura) e indemniza según lo contratado en la póliza privada.

En el caso de no ser considerado riesgo extraordinario, OCU advierte que algunos fenómenos de la naturaleza sí están cubiertos por el seguro de hogar, de la comunidad o del vehículo, y se hará cargo de los daños sufridos en caso de tener contratada la cobertura.

En el caso de automóviles, podrán reclamar los daños que no se consideren extraordinarios a las compañías de seguro los usuarios que tengan contratado un seguro de daños propios en la modalidad de todo riesgo (donde suelen estar cubiertos los daños por granizo expresamente o como impacto o choque de objetos). También quienes tengan un seguro con lunas, en caso de que hubiera rotura de ellas. En cualquier caso, si el granizo o las tormentas han causado daños, OCU recomienda revisar las condiciones del seguro y reclamar.

En las viviendas, algunos riesgos y fenómenos de la naturaleza (lluvia, granizo, etc) sí están cubiertos por el seguro de hogar cuando, aunque no alcancen la magnitud de riesgo extraordinario, superan una cierta intensidad.

Si el siniestro es claramente extraordinario, debe comunicarse inmediatamente al Consorcio: www.consorseguros.es Si no está claro, debe comunicarse tanto a la aseguradora como al Consorcio.

En ambos casos, OCU recomienda a los afectados recopilar todas las pruebas para poder demostrar el origen y consecuencias del daño (como informes de agencias u observatorios meteorológicos, recortes de periódicos, fotos, informes de emergencias, policía, protección civil, bomberos...) y buscar testigos. De esta forma se deben acumular todas las pruebas que acrediten el siniestro y sus efectos.

Más información en este enlace

 

Para más información (medios de comunicación): Teléfono: 91 722 60 61 – prensa@ocu.org www.ocu.org

 

OCU es una organización sin ánimo de lucro e independiente, gracias el apoyo de sus más de 250.000 socios. Como organización de usuarios, OCU tiene como objetivo contribuir e influenciar, para conseguir el bienestar común de todos los usuarios en España, con transparencia y ofreciendo contenidos e informaciones cercanas y útiles que hacen posible que los usuarios se enfrenten a la contratación de servicios y adquisición de productos bien informados.