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Servicios Financieros

OCU aplaude la opinión del abogado general del TJUE sobre el IRPH

10 sep. 2019
Aunque la decisión no es vinculante se trata de un gran paso en favor de los consumidores 
Confía en que finalmente el Tribunal de Justicia de acuerdo con las directivas europeas considere abusiva la comercialización que hicieron las entidades financieras de los préstamos con IRPH
Considera que una futura sentencia favorable abriría la vía de la reclamación judicial a los afectados
El importe de lo cobrado de más por la aplicación del IRPH podría ascender a más de 37.000 millones de euros
 

La Organización de Consumidores y Usuarios OCU aplaude la opinión hecha pública hoy por el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la cuestión de prejudicialidad que afecta a los préstamos hipotecarios variables que tienen como índice de referencia el IRPH.

 

La asociación comparte el criterio expresado por el abogado general, que en la misma línea del informe de la Comisión Europea, considera que debe garantizarse el control judicial sobre el carácter abusivo de una cláusula de acuerdo con la normativa de protección de los consumidores y desmonta, como en su momento ocurrió con la cláusula suelo, la doctrina de la sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2017 que estableció que el IRPH al ser un índice oficial utilizado por las diversas entidades financieras en sus ofertas comerciales, resulta fácilmente accesible para un consumidor medio y por tanto no es abusivo.

 

OCU señala que si como es habitual en la mayoría de los casos, el TJUE se pronuncia en la misma línea que lo ha hecho el citado abogado general se abriría la posibilidad de que los cientos de miles de consumidores que en su día contrataron hipotecas con este índice pudieran reclamar judicialmente por la falta de transparencia y las deficiencias en la comercialización que les llevaron a contratar una hipoteca que han resultado ser 1.200 euros anuales más cara que la que usa como referencia el Euribor.

 

OCU advierte que, una hipoteca referencia al IRPH ha pagado entre un 1,5% y un 3% más. Un préstamo de 150.000 euros contratado en mayo de 2016 y referenciado al IRPH de cajas más 0,25% a día de hoy la suma de cuotas pagadas ascendería a 123.854 euros y le quedaría un capital pendiente de amortizar de 88.170 euros. Si dicho préstamo hubiera estado referenciado al Euribor y con el mismo diferencial, a día de hoy el total de cuotas pagadas sería de 103.985 euros y quedaría por devolver 79.513 euros. Por tanto, con el préstamo referenciado al IRPH se han pagado de más 28.525 euros. OCU estima que en total los bancos españoles deberían devolver a los consumidores alrededor de 37.000 millones cobra de más a los consumidores.

 

Para informar y ayudar a los consumidores como reclamar la nulidad de las hipotecas con IRPH y pedir que se sustituya por el Euribor, además de la devolución de las cantidades pagadas de más OCU ha puesto en marcha una campaña para todos los consumidores que tienen este tipo de hipoteca.

 

A la luz de la futura sentencia, y en la confianza de que esta sea favorable, OCU informará a todos los consumidores inscritos sobre todas las novedades judiciales en torno a este asunto y sobre la forma más adecuada de llevar a cabo las posibles reclamaciones.

 

Más información en este enlace

 

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