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Movilidad, consumo sostenible y RSE

Caso Volkswagen: el juez fija la fecha del juicio por la demanda de OCU

07 oct. 2019
La empresa ha ratificado ante el juez su negativa a llegar a un acuerdo que pusiera fin al procedimiento judicial
El juez no admitido las objeciones de Volkswagen y ha señalado la fecha del próximo 17 de febrero de 2020 para celebrar la vista oral del juicio
La vía civil es la única posibilidad abierta en España para que los consumidores afectados puedan recibir una justa compensación por el escándalo de las emisiones
 

Hoy se ha celebrado, en el juzgado de lo Mercantil nº1 de Madrid, la audiencia previa de la demanda colectiva que OCU presentó en defensa de más de 7.500 consumidores afectados.

 

La acción judicial se inició en junio de 2017 tras un intento fallido de conciliación, que obligó a la asociación a acudir a los tribunales. En dicha demanda la organización exige más de 22 millones de euros en indemnizaciones en concepto de daños y perjuicios, alrededor de 3.000 euros por persona afectada.

 

Dos años después de que OCU presentara su demanda colectiva y tras varios incidentes procesales, ambas partes han acudido ante el juez en la audiencia previa del procedimiento. En la misma ha quedado de manifiesto una vez más la negativa por parte de Volkswagen a llegar a un acuerdo que pusiera fin al proceso, por ello y tras resolver una serie de cuestiones previas y admitir una serie de pruebas, el juez ha señalado la fecha del próximo 17 de febrero de 2020 para la celebración de la vista oral.

 

OCU quiere denunciar el diferente tratamiento que ha empleado Volkswagen con los afectados. Mientras indemniza a los consumidores americanos, o llega a acuerdos en Australia, mantiene una actitud muy diferente en Europa, donde obliga a miles de consumidores a acudir a los tribunales.  Una actitud que se ha visto favorecida por la inmovilidad absoluta de las diferentes administraciones en España, que no han sancionado a la empresa a pesar de que esta ha reconocido de forma abierta la manipulación de las emisiones y el engaño a millones de consumidores.

 

La Organización señala que en otros países europeos ya ha habido sentencias favorables a los consumidores en demandas de la misma naturaleza de las presentadas por OCU, Si bien recuerda que los consumidores españoles deberán, en caso de tener un resultado positivo, iniciar un procedimiento en España para conseguir una justa indemnización por el engaño sufrido.

 

OCU recuerda que, en la actualidad, la única vía abierta en España para reclamar una indemnización es la vía civil, puesto que las acciones penales han sido trasladadas a Alemania, y en las mismas no cabe la posibilidad de solicitar indemnizaciones. En este sentido confía en que finalmente la justicia reconocerá los derechos de los más de 7.500 consumidores, aunque lamenta el plazo excesivo en la resolución del procedimiento y cree necesaria una reforma de la ley que agilice las acciones colectivas en los casos de fraudes masivos.

 

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