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OCU recuerda que es posible reclamar la plusvalía en caso de perdidas

11 jul. 2018
  • El Tribunal Supremo despeja las dudas sobre la plusvalía. Solo puede reclamarse en caso de que haya habidos perdidas en la transmisión del inmueble
  • El consumidor debe probar la existencia de la pérdida patrimonial mediante cualquier medio de prueba

En 2017 una sentencia del Tribunal Constitucional declaro nulos, en la medida que sometían a tributación situaciones en las que no existían incrementos de valor, algunos artículos de la Ley reguladora de Haciendas Locales que regulan  el impuesto de la plusvalía municipal. En la práctica esta eliminación permitió que se interpretara en sentido amplio y muchos contribuyentes han reclamado la devolución de la plusvalía, aún en el caso de que la transmisión les hubiera supuesto una ganancia patrimonial.

Ahora, el Tribunal Supremo ha matizado esa interpretación y establece que los artículos declarados nulos por el Constitucional "adolecen solo de una inconstitucionalidad y nulidad parcial" y por tanto son aplicables cuando el contribuyente no logra acreditar que la transmisión de la propiedad de los terrenos por cualquier título no ha puesto de manifiesto un incremento de su valor o, lo que es igual, el contribuyente sólo podrá reclamar la devolución de la plusvalía cuando hubo pérdidas.

 Además OCU señala que la sentencia se pronuncia sobre la carga de la prueba, es decir, quién tiene la obligación de probar si hubo ganancia o pérdida, el Tribunal Supremo considera, en primer lugar, que corresponde al usuario  probar la inexistencia de incremento de valor del terreno transmitido; en segundo lugar, que a tal efecto, el contribuyente puede utilizar cualquier medio de prueba (siendo el más común las escrituras públicas donde consta de manera fehaciente la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión); y, en tercer lugar, deberá ser la Administración la que pruebe en contra de dichas pretensiones si considera procedente la liquidación de la plusvalía.

 Después de esta sentencia OCU recuerda que es posible reclamar la plusvalía en caso de pérdidas y anima a todos aquellos usuarios que se han visto obligados a pagar este impuesto cuando han transmitido inmuebles urbanos con pérdidas a reclamar en los tribunales. En este sentido son muy numerosas las sentencias que dan la razón a los consumidores y les permiten recuperar su dinero.

 Para facilitar la reclamación de estas cantidades OCU puso en marcha en 2017 una campaña para informar a los consumidores sobre su derecho a reclamar. Hasta el momento más de 3.000 consumidores se han inscrito en la misma y ya hay 4 sentencias positivas que ha permitido a los socios de OCU recuperar su dinero.

 Para más información (medios de comunicación): Eva Jiménez Tfno.: 91 722 60 61 - ejimenez@ocu.orgwww.ocu.org

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