DERRAMAS

 

Nombre con que se conocen los gastos extraordinarios que pueden presentarse en una Comunidad de propietarios. Por ejemplo, una reparación importante del ascensor puede dar lugar a un gasto extraordinario, no presupuestado inicialmente, cuyo importe se distribuirá según las cuotas de participación o según lo establecido en el acuerdo que lo decide. Es una cuota extraordinaria que cada vecino deberá sufragar, y se conoce comúnmente como derrama. Es relativamente frecuente en edificios de cierta antigüedad y en aquellos de baja calidad constructiva. Conviene tenerlo en cuenta antes de comprar un inmueble de este tipo.