CONDUCTO NOTARIAL

 

Es un modo de realizar una notificación fehaciente, es decir aquella en que queda constancia tanto de su contenido como de su recepción por el destinatario. Se acude al notario para que realice una escritura pública acreditando el contenido de la carta que le presentamos y adjuntando el aviso de recibo de correos firmado por el destinatario. Su único inconveniente es su precio, que depende de la extensión de la carta y de si el destinatario reside en la misma localidad o no que el notario.