En los años 2015 y 2016, la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) multó a 21 fabricantes de automóviles, 172 concesionarios y dos consultoras, por prácticas restrictivas de la competencia consistentes en el intercambio de información confidencial y sensible para la adopción de acuerdos de fijación de descuentos máximos y condiciones comerciales en el mercado de distribución minorista de turismos.
Estos acuerdos constitutivos de cártel tuvieron como efecto una restricción de la competencia en la fijación de precios de venta de automóviles, en exclusivo beneficio de las empresas fabricantes declaradas responsables y con los consiguientes efectos perjudiciales para los consumidores.
En su día los sancionados recurrieron las resoluciones de la CNMC, primero ante la Audiencia Nacional y después ante el Tribunal Supremo, pero los recursos ante el Tribunal Supremo fueron desestimados, por eso se abrió la vía para reclamar una indemnización para aquellos compradores de vehículos afectados por la colusión de precios.
OCU comenzó su acción judicial con unas diligencias preliminares, a fin de solicitar a las administraciones públicas competentes, la información de los afectados necesaria para facilitar la reclamación judicial de los afectados.
Debido a la falta de colaboración de las citadas administraciones públicas, OCU ha llevado a cabo dos acciones, por una parte, ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, para tratar de enmendar esa desidia de la administración, y por otra parte, ya tiene los trabajos previos finalizados para poder presentar sus demandas colectivas.