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Derechos del consumidor

OCU rechaza las normativas sobre alquiler turístico aprobadas en Madrid

10 abr. 2019
  • La aplicación combinada de la normativa del Ayuntamiento y de la Comunidad de Madrid supondrá la desaparición de la práctica totalidad de la oferta de vivienda turística en la ciudad
  • Considera injustificadas las restricciones impuestas a esta actividad, y cree que no reúnen los requisitos de necesidad y proporcionalidad que se exigen para para poder aplicarlas
  • Pide una regulación equilibrada del sector que garantice una oferta suficiente, el respeto a la convivencia y los derechos de los usuarios

OCU rechaza la reciente normativa sobre el alquiler de vivienda turística aprobada por el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid ya que su aplicación supondrá una reducción drástica de la oferta de vivienda turística en Madrid. Para OCU la combinación de ambas normativas excede de la necesaria regulación para acabar en la casi absoluta prohibición del alquiler turístico en Madrid.

 

OCU defiende una regulación equilibrada del sector que pase por garantizar el derecho de los usuarios al acceso a una oferta legal y amplia de servicios, que asegure la libre elección de los consumidores y proteja sus derechos como tales. Además, la normativa debe respetar el derecho de los propietarios a alquilar las viviendas de su propiedad en la formula que consideren más adecuada. Por último, también debe contemplar el cumplimiento de las normas de convivencia entre vecinos.

 

Las normativas aprobadas en Madrid no respetan estos principios, ya que establecen una serie de restricciones que en la práctica restringen la oferta de vivienda vacacional. Las limitaciones que legalmente puedan imponerse al alquiler para estancias vacacionales deben estar justificadas por razones de necesidad y proporcionalidad suficientes. OCU considera que no pueden imponerse las mismas exigencias legales para el ejercicio de la actividad para los empresarios y para los particulares, ya que esto limita el derecho de los propietarios y perjudica a los usuarios que no podrán optar por esta opción.

 

De la misma forma el usuario de este tipo de alojamientos debe tener los mismos derechos y conocer si quien está detrás de la oferta es un profesional, que debe cumplir todos los requisitos necesarios para ejercer la actividad, o se trata de un particular. Al mismo tiempo OCU considera que deben regularse la responsabilidad de las plataformas que ofrecen y condicionan este tipo de servicios y cobran un porcentaje del alquiler.

 

Por último, OCU confía que al igual que ha ocurrido con otras normas similares, serán los Tribunales los que corrijan la normativa aprobada, limitando las restricciones impuestas y estableciendo el necesario equilibrio que garantice los derechos de consumidores, propietarios y vecinos.

 

Más información y ejemplos en este enlace.

Contacto de prensa y gestión de entrevistas: Eva Jiménez Tfno.: 91 722 60 61 - ejimenez@ocu.org

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