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Economía del consumidor

OCU considera que en el real decreto de cláusula suelo el banco es “juez y parte”

20 ene. 2017

OCU considera claramente insuficiente el alcance del Real Decreto de devolución de las cláusulas suelo.  Con este Decreto, la banca se convierte una vez más en juez y parte y decide quién, cuándo y cuánto cobra las cláusulas suelo mediante este procedimiento extrajudicial. De esta forma, la ventaja de la rapidez de este procedimiento puede verse afectada por las deficiencias que ofrece en la protección de los intereses de los consumidores.

OCU lamenta la falta de transparencia y de independencia en la fijación de las cantidades que los bancos tienen que devolver por la aplicación de la nulidad de las clausulas suelo. Será el banco quien decida lo que devuelve y en qué condiciones. OCU llama la atención sobre un aspecto a tener en cuenta en este procedimiento extrajudicial: el banco no sólo debe devolver lo cobrado de más, sino que también debe recalcular el cuadro de amortización del préstamo sin aplicación del suelo donde se deberá reflejar necesariamente un capital menor a devolver. 

Para una adecuada comparación y certeza, OCU considera que las entidades deben facilitar a los consumidores afectados el cuadro de amortización de su préstamo con suelo y el cuadro de amortización que hubiera resultado de no aplicarse la cláusula suelo.

Para OCU en ningún caso puede favorecerse una reducción para la banca de las cantidades a devolver, incluyendo el interés legal por las cantidades pagadas de más de forma abusiva. Tampoco es aceptable la eliminación de las costas judiciales para las entidades, en caso de que los afectados se vean obligados a acudir a juicio por no aceptar la oferta hecha por el banco.  Los bancos deben asumir todas sus responsabilidades por este engaño masivo, incluyendo las costas. Tienen que ser los jueces y no un decreto los que decidan sobre quién carga con los gastos del procedimiento. En todo caso, los consumidores no deben pagar jamás las malas prácticas de la banca. 

Otro de los aspectos problemáticos de la normativa es la posibilidad de que los bancos ofrezcan a los afectados “Medidas compensatorias distintas de la devolución del efectivo”, esto es, que negocien con los consumidores afectados otra compensación distinta del dinero contante y sonante. Por lo ocurrido en el pasado, OCU desconfía de los acuerdos que ofrecen las entidades financiaras, la mayoría de ellos muy perjudiciales para los consumidores. Por ello recomiendan a todos los afectados que analicen con detenimiento las ofertas que reciban de los bancos y busquen asesoramiento legal a través de profesionales o de las asociaciones de consumidores antes de firmar un acuerdo que puede ir en detrimento de sus intereses. 

Para OCU, la normativa está incompleta. OCU cree que deberían haberse incluido también en el Decreto todos los casos en que el consumidor tenga suelo en la hipoteca, cualquiera que sea su origen, incluyendo los préstamos donde ha habido subrogación de deudor o de acreedor, pues en estos tampoco se cumple el requisito de transparencia. Además, no contempla otras cláusulas abusivas de las hipotecas, como son los gastos de formalización, que al igual que la cláusula suelo cuentan con una contundente sentencia del Tribunal Supremo que las declara abusivas. 

OCU recuerda que otra problemática ha sido ignorada en el Decreto: la devolución de gastos de formalización de las hipotecas. Una sentencia del Tribunal Supremo, ganada por OCU, consideró que son nulas las cláusulas que imponen al consumidor todos los gastos de formalización y constitución de hipotecas (Notaría y Registro) y el pago del impuesto de actos jurídicos documentados, lo que ofrece una cantidad media de 3.100 euros a reclamar por hipoteca. Al igual que en la cláusula suelo, el consumidor afectado por este abuso masivo debería obtener una solución general y de oficio.  

 

Por ultimo OCU se va a dirigir a los  grupos parlamentarios para que durante la convalidación del Real Decreto Ley se introduzcan mejoras que garanticen la adecuada protección de los consumidores. 

Mientras tanto OCU ayudará, como hasta ahora, a todos los afectados a demandar estos abusos si no tuvieran más remedio que acudir a la vía judicial; eso sí, sabiendo ahora que van a recuperar todo el dinero de su cláusula suelo y que la vía judicial debe ser subsidiaria. OCU recuerda que considera que cualquier afectado que haya tenido en el pasado o tenga actualmente cláusula suelo puede reclamar, en atención a la última sentencia del Tribunal Europeo. 

Por todo ello OCU anima a todos los consumidores afectados por cláusula suelo a asesorarse. Los consumidores pueden calcular el perjuicio económico de la cláusula suelo, con garantías, usando la calculadora de OCU de manera gratuita en http://www.ocu.org/dinero/hipotecas/calculadora/calcula-clausulas-suelo

Igualmente, OCU pone un teléfono gratuito a disposición de todos los afectados: 900 902 480

En los siguientes links se puede ver el video con las declaraciones de OCU:

Dropbox:  https://goo.gl/E1kIiD

Ftp Servidor: ftp.strato.com

            Usuario: ftp-ocu@visualmediapress.com

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Para mas información  https://www.ocu.org/dinero/hipotecas/noticias/devolucion-clausulas-suelo-consumidor

Medios de comunicación, para más información  Eva Jiménez Tfno. 917226061 prensa@ocu.org  


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