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Afinsa

26 febrero 2024

Ultima información sobre Afinsa

Finaliza el proceso concursal de AFINSA

Por Sentencia de 12 de junio de 2023 se da por concluído el proceso concursal de Afinsa Bienes Tangibles S.A. Por la misma es firme también el Auto de consignación de los pagos a favor de los acreedores.

  • Se han consignado en el Juzgado las cuantías aún no reclamadas.
  • También se ha establecido como gestionar el pago de esas cuantías en un Auto de fecha 6 de febrero de 2024.

INFÓRMATE AQUÍ SOBRE CÓMO PROCEDER

Habiendo finalizado el proceso en junio del 2023, en la declaración del IRPF a presentar este año 2024, correspondiente al Ejercicio 2023, se podrá incluir la perdida.

También se ha indicado que  el plazo para reclamar la entrega de los importes consignados por parte de los acreedores incluidos en los expedientes de consignación dineraria nº 1078/2019 y nº 297/2021 finalizará el 6 de febrero de 2029.

¿Cómo declarar la pérdida en el IRPF?

Una vez finalizado el concurso de acreedores, tras 17 años, los afectados de Afinsa podrán incluir en su declaración de IRPF de este año, por primera vez, la pérdida sufrida.

Esa pérdida se considera una pérdida patrimonial que no deriva de la transmisión de elementos patrimoniales. Deberá incluir el importe en la casilla 305 de la sección F1 en la página 13 de la declaración (algo relativamente sencillo a través del programa Renta Web).

  • Esta pérdida patrimonial se puede usar para compensar íntegramente otras ganancias no derivadas de transmisiones y no pagar impuestos por ellas.
  • También pueden usarse para compensar el resto de rentas de la base general: como el salario, pensión, cobro de planes de pensiones, alquileres, rentas inmobiliarias imputadas, con un límite del 25%. Si tras ello sigue quedando saldo negativo, se pueden compensar en los cuatro ejercicios fiscales siguientes con el mismo límite.
Informaciones anteriores sobre Afinsa

Los afectados recibirán otro 5% (Marzo 2016)

El concurso de Afinsa sigue su curso. Ahora, buena parte de los afectados en el concurso de Afinsa van a recibir otro pago del 5%, si bien puede ocurrir que algunos abonos se demoren por problemas de tramitación, ya sea por discrepancias en contabilidad sobre los datos del afectado, o por herencias, sucesiones procesales y otras incidencias que atañen a muchos perjudicados. 

Aunque el concurso de Afinsa, como el de Fórum están muy avanzados, hay varios recursos ante el Tribunal Supremo que van a impedir que estos concursos se concluyan a corto plazo.

El procedimiento penal contra Afinsa, por su parte, está en pleno desarrollo del juicio oral y es previsible una sentencia condenatoria para los antiguos gestores, pero no para el Estado.

Afectados de Afinsa: ahora recibirán un 5% (Febrero 2014)

La Administración Concursal de Afinsa ya está tramitando con los acreedores filatélicos el pago a cuenta del 5% de su crédito reconocido. Ha enviado cartas a los afectados para determinar cómo pagarlo. ¿No te ha llegado? ¿No has contestado? Ponte en contacto con los administradores.

Cartas a los afectados

La Administración Concursal de Afinsa ha enviado 177.000 cartas a los afectados de la estafa filatélica, para formalizar el pago a cuenta del 5% del crédito que tuvieran reconocido. Pero sólo ha recibido 108.000 respuestas, además de unas 10.000 devoluciones, quizás debidas a cambios de domicilio no notificados.

No todas las respuestas eran correctas. De las que lo son (unas  80.000), más del 95 % pedía el pago del dinero, que empezará a satisfacerse en efectivo a partir de febrero.

El 5% restante ha pedido la devolución de los sellos, que se hará a continuación.

¿Cómo actuar?

Si has recibido la carta y no has respondido, o  tienes algún problema, o directamente si no te ha llegado la carta, debes dirigirse a la Administración Concursal indicando su dirección y adjuntando copia del DNI, para que les incluyan en la segunda remesa de pagos.

Si el problema es que ha fallecido el titular del contrato suscrito con Afinsa, los herederos cobrarán las prestaciones pero deben

  • Nombrar una persona de contacto
  • Presentar copia del certificado del fallecimiento.
  • Copia del certificado del Registro de Actos de Última Voluntad, copia del testamento si existiera o testimonio de la declaración de herederos.
  • Copia de  Carta de pago del impuesto sobre sucesiones o acreditación de su exención.

La documentación debe enviarse por correo certificado con acuse de recibo a la Administración Concursal de Afinsa (C/ Lagasca,88, 28001 Madrid) o por correo electrónico:consultas@administracionconcursalafinsa.com

Comunicación de la Administración Concursal encargada de la Liquidación de Afinsa Bienes Tangibles

Tras todas las fases del concurso, la presentación de un convenio poco interesante para los usuarios y el rechazo del plan de viabilidad de Afinsa, se abre la fase de liquidación de la compañía. Los acreedores filatélicos del caso Afinsa han recibido una carta de la Comunicación Concursal. En este mensaje se informa de que la Audiencia Provincial de Madrid, en resolución de un recurso, determina excluir del inventario de la liquidación los lotes de sellos que consten como adjudicados de forma individual y nominativa a favor de los clientes, siempre que puedan ser identificados sin posible confusión. Si es usted uno de estos clientes de Afinsa es decir, si sus lotes de sellos constan adjudicados a su nombre, tiene dos posibilidades.

Puede pedir que le devuelvan los sellos. SI opta por esto, será eliminado de la lista de acreedores y ya no tendrá derecho a ninguno de los posibles pagos que resultaran del proceso de liquidación. 
La Administración Concursal adjunta un impreso para solicitare esa devolución, que ellos identifica como HOJA DE RESPUESTA NÚMERO 1. Si quiere que le devuelvan los sellos, debe rellenarla y enviarla por correo postal a Administración Concursal de AFINSA C/ Lagasca nº 88, 5º - 28001 Madrid
O bien puede ejercitar su derecho de recompra por parte de AFINSA. En ese caso, seguirá figurando como acreedor en la lista de la Administración Concursal, y conserva su derecho a participar en los pagos que se efectúen a resultas del proceso de liquidación. Está previsto que en breve, según el Plan de Liquidación aprobado, se realice por transferencia un primer pago los clientes que opten por ejercitar su "derecho de recompra". Si esta es la opción que prefiere, debe enviar el formulario identificado en la carta como HOJA DE RESPUESTA NÚMERO 2, por correo postal a Administración Concursal de AFINSA C/ Lagasca nº 88, 5º - 28001 Madrid.

A juicio de la OCU, la primera opción, pedir la devolución de los sellos y hacer valer su derecho a la separación, no es buena idea. Esto sólo podría interesar si está completamente seguro de que sus sellos están correctamente identificados y, sobre todo, de que tienen un gran valor, algo poco probable: ¡en una reciente subasta, sellos de Afinsa que tenían un precio de catálogo de 16,6 millones de euros se vendieron por apenas 257.730 euros!

Los clientes que no tengan lotes filatélicos adjudicados individual y nominativamente seguirán figurando como acreedores reconocidos en la lista, y tienen derecho a participar de los pagos que efectúe la Administración Concursal en el proceso de liquidación. Si es su caso, la Administración Concursal se pondrá en contacto con usted por carta, pidiéndole los datos bancarios para efectuar el pago a su favor. Si tiene dudas, llame a la Asesoría Jurídica de la OCU, tel. 913 009 151 o 902 119 479 de lunes a viernes de 9 a 18 horas

Afinsa: Los acreedores podrán por fin cobrar un 5% de su crédito reconocido

Tras los problemas suscitados entre el Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional que investiga la causa penal y el Juzgado Mercantil que tramita la liquidación de la empresa concursada, en relación con los embargos trabados sobre las propiedades inmobiliarias de Afinsa y que imposibilitan la completa ejecución del plan de liquidación aprobado por el Juzgado Mercantil, la Administración Concursal ha informado que el cobro de la venta de las acciones de SPECTRUM a través de la sociedad AUCTENTIA, que eran propiedad de Afinsa, permitirá hacer frente al pago del 5 % de los créditos ordinarios reconocidos en el concurso a los acreedores de Afinsa, entre los que se encuentran los asociados de OCU. El abono de estas cantidades será comunicado previamente u personalmente a cada acreedor por la Administración Concursal, con el objeto de tramitar el pago en la forma aprobada por el plan de liquidación mediante ingreso en cuenta. A la espera de que la Audiencia Provincial acuerde la firmeza del plan de liquidación aprobado, será difícil que se proceda a un nuevo pago posterior hasta que no se permita la enajenación de los inmuebles de la sociedad.

Debe cumplirse el plan de liquidación (marzo 2012)

En marzo de 2012 el Juzgado de lo Mercantil ha ordenado que se cumpla el plan de liquidación de Afinsa, con la subasta de los inmuebles, la venta de los sellos no asignados a los clientes y la venta de la sociedad Spectrum. El problema es que el número de sellos no adjudicados es muy escaso y, aunque se están subastando, no generan suficiente liquidez como para pagar a los clientes el 5% acordado en el plan de liquidación. Por su parte, la sociedad Spectrum parece que quiere adquirir las participaciones que Afinsa y Auctentia tenían en ella. Se trataría de una asunción del propio capital por parte de la sociedad en la que participaba Afinsa. Se nos informa que dichas negociaciones están avanzadas, pero no sabemos aún ni el precio ni la fecha. Respecto de los inmuebles, en la actualidad hay una controversia entre el Juzgado Mercantil y el Juzgado de Instrucción. Este último, pese a haber sido requerido por el Juzgado Mercantil, no quiere levantar los embargos hasta que el auto que aprueba la liquidación de la sociedad sea firme. Por ello, en la actualidad, nos encontramos ante una imposibilidad manifiesta de realizar (vender) los bienes inmuebles, lo que supone que los ingresos de la liquidación por parte de Afinsa son nulos por el momento y no se puede hacer frente al pago del 5% acordado mientras dure esta problemática. En mayo de 2012 la liquidación de AFINSA se encuentra paralizada por los embargos trabados sobre los bienes por la Audiencia Provincial, y que hasta que los mismos no se levanten, se han suspendido los plazos de la liquidación y por tanto el plazo para la realización de los primeros pagos del 5% de las inversiones.