REFERENCIA CATASTRAL

 

A cada bien inmueble se le asigna una referencia catastral como identificador, formado por un código de letras y números. Esta referencia permite la localización de los bienes inmuebles en la cartografía catastral. Debe constar obligatoriamente en los documentos públicos (notariales, judiciales y administrativos) y privados que tengan por objeto bienes inmuebles. Puede conocerse a través de los siguientes documentos: último recibo justificativo de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles; certificado del Catastro; certificado emitido por el Ayuntamiento; escrituras públicas en las que conste la referencia catastral.