LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN

 

Es la autorización que otorga el ayuntamiento a una vivienda, tras verificar que reúne todos los requisitos legales necesarios para poder ser habitada. A  través de este documento se acreditan las condiciones de habitabilidad de la vivienda, su adecuación a la licencia inicial de obras y al proyecto y a sus condiciones de seguridad, habitabilidad o salubridad para el uso a que se le destina. Es esencial para el comprador de una vivienda nueva y para quien se haya construido su propia vivienda. Se la exigirán para contratar los suministros de la vivienda (electricidad, agua, gas, telefonía).

  Según el Tribunal Supremo, la licencia de primera ocupación forma parte de la obligación de entrega, aunque en el contrato se hubiera expresado solamente que la obra terminaría en fecha determinada. No se trata sólo de terminar sino de entregar, obligación esencial del vendedor, y para tal entrega útil es preciso haber obtenido la licencia de primera ocupación.