Consejos

Cómo actuar en caso de atropello

01 enero 2011
Atropello

En España fallecen casi dos peatones al día por accidente de tráfico. Y los heridos son innumerables. En caso de sufrir un atropello (o de ser testigo) le explicamos cómo proceder, qué pruebas buscar y cómo reclamar.

Peatón atropellado: que hacer

Ante un atropello lo primero es atender a las víctimas y evitar que se produzcan más daños. Llame a Emergencias (112) y siga sus indicaciones. Si hay dudas, los agentes de tráfico pueden levantar atestado.

Recopile tantas pruebas como sea posible, los datos del conductor y de los testigos del accidente, si los hay, y del personal médico.

Si sospecha que puede tener lesiones, hágalo constar y guarde los informes médicos, ya que los necesitará si hay secuelas y tiene que demostrar que fueron causadas por el accidente.

Peatón atropellado ¿de quién es la culpa?

En seis de cada diez casos la culpa es del conductor, a quien habrá que reclamar los daños. El seguro obligatorio del automóvil cubre los daños físicos e indemnizaciones del atropellado (traslados, asistencia sanitaria y sepelio).

Si el responsable del accidente es el peatón, tendrá que responder de los daños que sufra y los que haya provocado a otras personas y bienes. Un seguro de responsabilidad civil específico o el seguro multirriesgo del hogar suelen cubrir estos gastos.

A veces la responsabilidad es compartida, en ese caso los daños se reparten acordando un porcentaje de responsabilidad. Si no hay acuerdo, la responsabilidad la determinará un juez.

Indemnización por atropello a peatones

Si tiene que reclamar a la compañía aseguradora del vehículo que causó el atropello, es más fácil si dispone de un seguro de defensa jurídica. A veces el propio seguro del automóvil, el de hogar o el de responsabilidad civil cubren estas gestiones.

Si no tiene seguro, reclame usted mismo. Recopile todas las pruebas y valore los daños, secuelas, días de baja y otros factores para calcular una indemnización. Si quiere establecer claramente lo sucedido o hay secuelas, necesitará la valoración de un perito o de un experto.

Una vez presentada la reclamación, la aseguradora tiene 40 días para pagar al menos la cuantía conocida a la que la víctima tiene derecho. Lo normal es que la aseguradora haga antes una propuesta a la víctima. Si a la víctima no le convence, puede poner una denuncia por vía penal en 6 meses, o por vía civil, en un año.

Si el coche implicado en el accidente se hubiera dado a la fuga, entonces el atropellado tendrá que reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros.

Ayudas complementarias

Además de las indemnizaciones por accidentes, el atropellado y sus familiares pueden percibir ayudas de la Seguridad Social y de otros seguros que tengan contratados (de vida o accidentes). Si la víctima fallece, las indemnizaciones son compatibles con la pensión de viudedad y orfandad. .

Si el atropello se produce de camino al trabajo, se considera in itinere, por lo que, a efectos de Seguridad Social, se considera un accidente laboral con las coberturas que le corresponden.

El INSS determina finalmente si el alcance de las secuelas revierte en el derecho a una prestación o pensión por incapacidad.