IRPF de segunda residencia ¡Este año no!

Que nos hagan pagar un impuesto por una vivienda que no hemos podido disfrutar debido a la COVID es una tremenda injusticia. El pago del IRPF que las grava debería suspenderse: Si no me dejan usarla, no me hagan pagarla.

El estado de alarma y las restricciones al desplazamiento hicieron que el año pasado muchas personas no pudieran disfrutar de sus segundas residencias por motivos de fuerza mayor. Si tienes una vivienda así, ahora debes declarar por ella unas rentas ficticias que se calculan como si nada hubiera pasado. ¡Únete y reclama a Hacienda que admita un ajuste del IRPF!

Queremos que se ajusten las rentas inmobiliarias imputadas

¿Tienes una casa en el pueblo? ¿O quizás un apartamento de veraneo? Como ya sabrás, y si no lo sabes te lo contamos nosotros, las segundas residencias generan unos ingresos ficticios que deben incluirse en la declaración de la renta, aunque en realidad no se generen.

Suena raro pero es así: las propiedades inmobiliarias que tengas y no alquiles a otros, salvo la vivienda habitual, generan las llamadas “rentas inmobiliarias imputadas”, que se calculan aplicando al valor catastral un porcentaje del 1,1% o del 2%, según cuándo fuera la última revisión del Catastro.

Al final, tener esa casita de veraneo hace que en tu declaración tengas que incluir un rendimiento extra de 300, 500, 1.000 euros o más, y tributar lo que corresponda en función de tus demás ingresos y circunstancias.

No me dejas usarla, no me hagas pagarla

Estamos en plena campaña de renta, toca ajustar con Hacienda las cuentas del Ejercicio 2020. Pero el año pasado hubo un periodo en el que casi nadie pudo disfrutar de sus segundas residencias, ya que el propio Gobierno nos prohibió desplazarnos a ninguna parte: desde el 14 de marzo hasta el 21 de junio estábamos en Estado de Alarma. Y en otoño volvieron restricciones de movilidad a muchas zonas de España.

Salvo que la alarma te pillara precisamente estando en esa segunda residencia, casi con seguridad no pudiste ni pisarla. Además, dependiendo de dónde se halle y de dónde vivas tú, es posible que durante el resto del ejercicio te fuera imposible disfrutar de esa casita con normalidad, por las diversas restricciones al desplazamiento que se han ido sucediendo.

En OCU creemos que siempre que puedas demostrar que la vivienda fue inutilizable por las restricciones y que permaneció vacía (por ejemplo, mediante las facturas que reflejen la ausencia de consumos de agua y luz), no debería atribuirse a esos días ninguna renta imputada.

Las contradicciones de Hacienda

La propia página de  Agencia Estatal de la Administración Tributaria dice que el rendimiento imputado pretende gravar la capacidad contributiva que supone la posibilidad de disponer, del uso y disfrute, de los inmuebles. Pero cuando algún contribuyente ha hecho una consulta expresa preguntando si no había que declarar la imputación de rentas durante  el tiempo del  estado de alarma , la Dirección General de Tributos le ha negado esa posibilidad con una respuesta vinculante y después la AEAT amparada en esta decisión ha dicho lo mismo.

Por tanto, no puedes tomarte la justicia por tu mano y restar de la renta imputada por tu segunda residencia el porcentaje correspondiente a los días en los que no pudiste usarla, podría valerte una paralela y una sanción de Hacienda.

¿Qué puedes hacer? Protestar sin pillarte los dedos

Si dispones de una segunda residencia, pero no pudiste usarla por las restricciones motivadas por el coronavirus, aunque tengas que presentar tu declaración siguiendo el criterio de Hacienda hay algo  que sí puedes hacer:

Súmate a nuestra petición para que se suspenda el IRPF de las 2ª Residencias

¿Crees que procede un ajuste del IRPF? Únete a nuestra campaña

No entramos a discutir si es buena o mala idea que las segundas residencias generen unas rentas sujetas a tributación que en realidad no se generan. Pero sí creemos que al menos deberían ajustarse según las restricciones que la pandemia impuso al uso de esas residencias: son decisiones gubernamentales y han sido de obligado cumplimiento para los contribuyentes.

Si crees que es injusto que te hagan pagar por lo que no te han dejado disfrutar,

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*Para poder disfrutar de las ventajas y servicios de esta campaña el usuario debe formar parte del programa de simpatizantes OCU. Ver información aquí.

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Preguntas frecuentes

Tus dudas sobre la campaña

¿Por qué hace OCU esta campaña?

OCU plantea esta acción para reivindicar la postura de la Dirección General de Tributos, que no tiene en cuenta la utilización efectiva de las segundas viviendas sino su titularidad.

¿Qué queremos conseguir?

Que se modifique el IRPF del ejercicio 2020 para que las segundas viviendas no tributen durante el estado de alarma ni durante las restricciones autonómicas de movilidad.

¿Quién puede sumarse?

Todas aquellas personas que estén de acuerdo con esta petición y quieran dar su apoyo con su firma.

¿Hay que ser socio para sumarse?

Para sumarte a esta acción no es necesario ser socio de OCU: al registrarte te convertirás en simpatizante de OCU y te mantendremos informado de todo lo relacionado con esta petición, así como sobre otros temas que te interesan.