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La indemnización por despido no siempre estará libre de impuestos

10 octubre 2012
Indemnización

Las indemnizaciones por despido ya no estarán siempre exentas de tributar el IRPF. Con la última reforma, será imprescindible que tenga lugar una conciliación con la empresa o una resolución judicial que fije la indemnización.

La Agencia Tributaria lo ha dejado claro: para que una indemnización por despido quede libre de impuestos será necesario que haya habido una conciliación con la empresa o una resolución judicial.

Este nuevo requisito obligará al trabajador despedido a demandar a su empresa para que la indemnización sea fijada judicialmente. Así conseguirá que quede exenta en el IRPF, aunque conllevará gastos, retrasos y unos trámites que podrían haberse evitado si no se hubiese adoptado esta discutible medida.

Periodo de transición

La transición entre el antiguo sistema y el nuevo mantiene la exención para las indemnizaciones en los despidos producidos hasta el 8 de julio de 2012. 

Será así en cantidades que no superen a las que hubieran correspondido por despido improcedente y cuando el empresario así lo reconozca en el momento de la comunicación del despido. Para la exención no valdrán extinciones de mutuo acuerdo en el marco de planes o sistemas colectivos de bajas incentivadas.